- Comisión Internacional de Límites y Aguas
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México y Estados Unidos han encomendado a la Comisión Internacional de Límites y Aguas (CILA) la vigilancia y aplicación de los Tratados Internacionales sobre límites y aguas, así como regular y ejercer los derechos y obligaciones asumidos bajo dichos Tratados, dando solución a las diferencias que puedan surgir como consecuencia de tales aplicaciones. La CILA ejerce esta responsabilidad a lo largo de su zona jurisdiccional fronteriza de 3185 Km, manteniendo una relación de respeto mutuo y entendimiento, cultivando una mejor convivencia internacional, para de esta manera mejorar el bienestar de más de 10 millones de habitantes dentro de la zona fronteriza.Las áreas de jurisdicción de la CILA comprenden básicamente:
- Límites territoriales
- Aguas superficiales
- Saneamiento del medio
- Aguas subterráneas
- Cruces internacionales.
Límites territoriales: la Comisión debe ubicar la frontera terrestre, fluvial y marítima entre ambos países; instalar y mantener los monumentos y mojoneras que demarcan la frontera terrestre; llevar a cabo levantamientos aerofotográficos periódicos de la línea divisoria, principalmente en la frontera fluvial; rectificar, encauzar, proteger y conservar los cauces de los ríos internacionales.
Aguas superficiales que escurren sobre los ríos internacionales: la Comisión debe distribuir entre ambos países las aguas de los ríos internacionales; operar los sistemas de almacenamiento y contabilizar las aguas de los ríos internacionales y sus afluentes; entregar a cada país las aguas de su propiedad para su uso particular; operar las presas internacionales para el control de avenidas y protección contra inundaciones; definir y controlar las zonas de inundación de los cauces internacionales; construir las obras de almacenamiento y derivación para un manejo eficiente de las aguas internacionales; llevar a cabo estudios para el aprovechamiento óptimo de las aguas internacionales(Generación de energía eléctrica, calidad del agua, DCP, recreación).
Saneamiento del medio: la Comisión debe observar y controlar la calidad de las aguas internacionales; presentar soluciones a los problemas fronterizos de saneamiento del agua; presentar soluciones a los problemas de salinidad en los ríos internacionales.
Aguas subterráneas: la Comisión debe consultar sobre las acciones que lleva a cabo cada país para el aprovechamiento de las aguas subterráneas en las cuencas transfronterizas (Recursos transfronterizos).
Cruces y puentes internacionales: la Comisión debe determinar sobre las obras de cruce internacional y sobre cualquier obra que se construya sobre el cauce de inundación de los ríos internacionales.
Así mismo, corresponde a la CILA en coordinación con las dependencias correspondientes de su respectivo país la supervisión y ejecución de estudios técnicos internacionales conjuntos.
Referencias
Este artículo incorpora texto de La Comisión Internacional de Límites y Aguas.
Enlaces externos
Categorías:- Organización internacional
- Fronteras de México
- Fronteras de Estados Unidos
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