- Contrato consensual
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Contrato consensual es aquel negocio jurídico complejo que se perfecciona por la simple voluntad explicitada en la manifestación del consentimiento de las partes contratantes. El consentimiento no puede tenerse por sobreentendido, no cabe por omisión, siendo estrictamente necesario que se manifieste de forma expresa, ya sea verbal, o escrita o, a veces, en forma solemne.
Los contratos que se perfeccionan por el simple consentimiento de los contratantes se denominan contratos consensuales, a diferencia de los denominados contratos reales, cuya perfección exige, además del consentimiento, que se cumpla un requisito complementario de entrega.
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