- Ley Aquilia
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La ley Aquilia del derecho romano establecía una indemnización a los propietarios de los bienes lesionados por culpa de alguien.
Disposiciones de la lex Aquilia
La lex Aquilia (en rigor, de un plebiscito llamado a voto por el Tribuno Aquilio) posiblemente fue promulgada en 286 a. C., o en algún otro punto en el siglo 3 a. C, aparece mencionada en el Digesto de Justiniano (D.9.2.1.1). Se refiere a los daños causados damnum iniuria datum, "daños causados ilegalmente", una especie de acto ilícito (o delito), aunque con diferencias de agravio como se conoce en los modernos sistemas de derecho común. Las disposiciones pertinentes se encontraban en los capítulos primero y tercero de la ley.
Sólo un subconjunto limitado de acciones de responsabilidad civil se incluyó en la ley promulgada. La primera sección indica que una persona que ilegalmente, o incorrectamente, asesina a los esclavos de otro hombre o el animal de rebaño (pecus) debe pagar al propietario el valor más alto que el esclavo o el animal tenía el año pasado.
Ut qui servum servamve alienum alienamve quadrupedem vel pecudem iniuria occiderit, quanti id in eo anno plurimi fuit, tantum aes dare domino damnas esto.Si alguien asesina injustamente a otro hombre o mujer esclavo o un cuatro patas del rebaño de animales, que será condenado a pagar al propietario lo más alto su valor fue en el año anterior.El tercer capítulo se refiere a los ilícitos "quema, ruptura o desgarramiento" (urere, frangere, rumpere), no sólo de los esclavos y ganado, sino también de otros bienes:
Ceterarum rerum praeter hominem et pecudem occisos si quis alteri damnum faxit, quod usserit fregerit ruperit iniuria, quanti ea res erit in diebus triginta proximis, tantum aes domino dare damnas esto.La Lex Aquilia no podía obligar a un objeto de alquiler o de esclavos muertos o animal de rebaño que ser reemplazado, sólo podría exigir una indemnización monetaria.
Referencias
Véase también
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