- Julián Viso
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Julián Viso (Valencia, estado Carabobo, 1822 - †Caracas, 20 de julio de 1900), jurista y político venezolano. Realizó los estudios primarios y secundarios en su ciudad natal. Luego se trasladó a Caracas, donde se graduó de doctor en derecho civil, el 15 de julio de 1851, en la Universidad Central de Venezuela. Recién graduado, procedió a elaborar unos comentarios al Código de Enjuiciamiento Judicial, conocido como Código Arandino, en colaboración con Pedro Pablo del Castillo; concluyó su Código de procedimiento y lo publicó en Valencia en 1851. A partir de 1853, se dedicó a la redacción de los proyectos de los códigos Civil y Penal y sus respectivos procedimientos; con tal fin el Congreso Nacional dispuso asignarle 200 pesos mensuales. Finalmente, el 20 de enero de 1854, Viso presentó su proyecto de Código Civil, lo cual constituyó un notable esfuerzo por organizar las leyes del país de manera sistemática; aunque este primer Código Civil quedó como simple proyecto, pues no fue discutido por el Congreso.
En 1861, el gobierno del general José Antonio Páez lo comisionó, junto con Elías Acosta, para preparar unos nuevos proyectos de códigos Civil y Penal. El texto del Código civil, revisado por una comisión integrada por Francisco Conde, Pedro Núñez de Cáceres y Juan Martínez, fue promulgado en octubre de 1862. Viso presentó también un proyecto de Código Penal, basado en el correspondiente español y uno de Procedimiento Criminal; ambos fueron sancionados en abril de 1863. En 1867, formó parte de la comisión designada por el Congreso para elaborar un nuevo Código Civil, el cual fue aprobado el mismo año. Por este tiempo participó en las polémicas de la época sobre la organización constitucional de la República; con tal propósito elaboró un proyecto de Constitución que publicó en mayo de 1858 en El Foro, publicación especializada en derecho, dirigida por el licenciado Luis Sanojo. En términos generales, este proyecto de Constitución proponía el sufragio universal, la supresión de la fuerza militar permanente, la limitación de la pena de muerte sólo para determinados delitos, la abolición del apremio corporal en materia civil y mercantil y la libertad religiosa, además de «…una República Nacional compuesta de varios Departamentos, a la vez independientes y subordinados al Gobierno General creado por ellos…», en oposición a la confederación de provincias «…de poderes iguales e independientes absolutamente…», que tanto se debatió en aquellos años.
En 1872, Viso fue nombrado ministro plenipotenciario de Venezuela para negociar la controversia limítrofe con Colombia; pese a que las negociaciones no tuvieron resultado, esta gestión le permitió estudiar, compilar y organizar numerosos documentos históricos que respaldaban la posición venezolana.. Durante años ejerció labor docente y fue rector del Colegio Nacional de Valencia de 1877 a 1879. El 1 de diciembre de 1879, el general Antonio Guzmán Blanco lo nombró ministro de Relaciones Exteriores, cargo que apenas desempeñó por 7 meses, ya que renunció al mismo luego de un incidente con el propio Guzmán. Nuevamente estuvo al frente de Relaciones Exteriores entre los meses de junio y septiembre de 1886 y del Ministerio de Instrucción Pública en 1890. Viso figura entre los miembros fundadores de la Academia Nacional de la Historia en 1888. Además de trabajos de carácter jurídico, se dedicó a asuntos económico-fiscales, como la sustitución del sistema rentístico de aranceles por el establecimiento de depósitos en puertos libres y el régimen hipotecario.
Referencias
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- Nacidos en 1822
- Fallecidos en 1900
- Valencianos (Venezuela)
- Juristas de Venezuela
- Ministros de Relaciones Exteriores de Venezuela
- Alumnado de la Universidad Central de Venezuela
- Profesores de Venezuela
- Ministros de Venezuela
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