- Miriam Naveira
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Miriam Naveira Nacimiento 1934
Puerto RicoNacionalidad puertoriqueña Ocupación Abogada Miriam Naveira (1934 - ) Abogada que se destacó como Juez del Tribunal Supremo de Puerto Rico. En enero de 2004 fue confirmada para el puesto de Juez Presidente del Tribunal Supremo de Puerto Rico, siendo la única mujer en ocupar ese puesto. Siete meses después se acogerá al retiro al cumplir los 70 años de edad, cuando se le exige el retiro a los Jueces en Puerto Rico.
Análisis Crítico al Tribunal Supremo desde la Óptica de la Academia Jurídica Puertorriqueña
Conservador y lento [ el Tribunal Supremo de Puerto Rico ][1]
lunes, 2 de abril de 2007
por: Oscar J. Serrano (periodista, Presidente de la Asociación de Periodistas de Puerto Rico)
Primera Hora (diario de Puerto Rico)
El Tribunal Supremo actual es un ente conservador, lento, de un pensamiento fragmentado, que recurre en demasía a la Constitución de Estados Unidos, cuando la de Puerto Rico contiene derechos más amplios, y cuya integridad peligra por la inacción del Gobernador para llenar su vacante.
De esta manera describió el profesor de Derecho Constitucional David M. Helfeld al máximo tribunal en la jurisdicción de Puerto Rico, en un artículo que próximamente será publicado en la Revista Jurídica de la Universidad de Puerto Rico (UPR). Otros profesores de Derecho de la UPR realizaron críticas al Supremo en una actividad reciente de educación continuada a la que asistieron cientos de abogados.
A preguntas de PRIMERA HORA, el Supremo dijo ayer que no contestaría preguntas sobre los puntos de análisis del profesor y sólo resaltaron que el problema de la demora está referido para estudio al secretariado de la Conferencia Judicial.
Helfeld también entregó estadísticas que revelan, según su análisis, que en 2005 y 2006 se pudo revertir la proporción de casos presentados a casos resueltos para acabar con un por ciento de casos pendientes menor en 2006 que en 2005.
Sobre el punto de la vacante, abierta desde que Baltasar Corrada del Río se retiró en abril de 2005, y a la que se va a añadir una segunda por el retiro del juez Francisco Rebollo en agosto de 2008, La Fortaleza se limitó a repetir que el Gobernador hará el nombramiento “cuando esté listo”.
Atentado a la justicia eficiente
Sobre la lentitud, Helfeld señaló que “sin lugar a dudas las demoras excesivas disminuyen apreciablemente la calidad de la justicia” y que “durante demasiado tiempo los jueces ni siquiera han mencionado el problema de la demora excesiva, como si no existiera”, por lo que solicitó un estudio del cual pueda surgir “una nueva política judicial comprometida con la justicia eficiente”.
En cuanto a la vacante, según el profesor, se trata de un problema de balance tanto en el pensamiento jurídico como en el pensamiento ideológico ya que, de los seis jueces actuales, sólo dos son estadistas. De hecho, el próximo que se retira es estadista por lo que, sin nombramiento, el tribunal quedaría compuesto de cuatro estadolibristas y un estadista.
El tercer señalamiento, la “fragmentación de pensamiento”, es uno que va más directamente al juez presidente, Federico Hernández Denton, ya que es él, como primero entre pares, el llamado a crear los consensos que eviten el que, por ejemplo, ninguno de los 13 casos decididos en 2006 que afectan el derecho constitucional se resolviera de forma unánime. Esta función del Juez Presidente es la misma también en el Supremo federal, donde el nuevo jefe John Roberts ha dicho en entrevistas que su tarea primordial es acomodar las visiones de sus compañeros para que el tribunal hable con una voz sólida en vez de con mayorías frágiles que no permitan sentar precedentes respetados.
Tribunal conservador
Los últimos tres puntos de análisis de Helfeld están relacionados e incumben directamente a cada puertorriqueño por tratarse de sus derechos.
El profesor acusó a este tribunal de basarse demasiado en la Constitución y las fuentes legales federales para interpretar disposiciones de la Constitución de Puerto Rico, con el efecto de que no hay voluntad para flexibilizar y articular los derechos más amplios que posee la Constitución puertorriqueña en comparación con la estadounidense.
Esto se da a la misma vez que el Supremo recurre más a la inacción que a la acción para resolver las controversias. El Supremo actual “no es activista: no debe esperarse que va a crear nuevos derechos de gran envergadura. Es un tribunal de corte conservador”, dijo a la vez que especuló que esto puede ser una reacción al “partidismo político, sin cuartel” que sufre la Isla.
Por último, y a pesar de esto, el escrito de Helfeld plantea la esperanza de que ese enfoque conservador no va a producir impotencia y que, “cuando sea necesario para resolver una disputa entre las ramas de Gobierno”, el tribunal va a actuar.
Desatención a la ética
A la crítica se unió el profesor de Ética Guillermo Figueroa Prieto, quien llamó la atención a que el Tribunal Supremo casi siempre resuelve las querellas éticas de forma Per Curiam, es decir, sin que se sepa cuál de sus miembros fue el que escribió la decisión.
“[D]icho proceder refleja falta de interés del (Supremo) en el desarrollo de esta disciplina y ausencia del rigor con que debe atenderse la misma”, sentenció el profesor sobre una de las facultades de ese tribunal que es exclusiva de ellos en todo el Gobierno.
“Tampoco abona al desarrollo de la disciplina las meras expresiones de disenso o concurrencia sin que tales votos se acompañen con opiniones fundamentadas explicando la manera de pensar del juez. Por tratarse del tribunal de mayor jerarquía en nuestra jurisdicción, con la responsabilidad exclusiva de establecer precedentes y pautar el derecho, los señores y señoras jueces que componen el (Supremo) deben divulgar a la clase togada los fundamentos que han tenido para votar distinto a la opinión de mayoría”, argumentó.
Referencias
Categorías:- Nacidos en 1934
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