- Averiguación previa (México)
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Averiguación previa (México)
La averiguación en Derecho mexicano es una institución jurídica consistente en una serie de actos prejudiciales necesarios para que el Ministerio Público (Fiscal) determine si es procedente ejercitar la acción ante los Tribunales judiciales. También ha sido llamada: instrucción administrativa, preparación de la acción, preproceso, fase preparatoria, entre otros.
Se inicia con una resolución de apertura conocida como auto ad inquirendum y termina con el ejercicio de la acción (promoción de la acción), ditando un auto de archivo (sobreseímiento administrativo) o de reserva (suspensión administrativa).
Otros objetos de la averiguación previa son: dar asistencia a los damnificados, aplicar medidas cautelares, realizar investigaciones, desahogo de medios preparatorios, dictar órdenes de inhumación de cadaveres, documetar sus actividades, entre otros.
En este procedimiento el ministerio público asume una posición cuasijurisdiccional, dado que éste al realizar actividades investigadoras no jurídicas, juzga si la conducta que le ha sido notificada como delictiva (notitita criminis) es o no delictiva; aunque en realidad lo que determina es si hay elementos que indican la existencia de un delito y la probable responsabilidad de un sujeto (activo en la relación material). Es decir que es posible que un ministerio público determine prejudicialmente si efectúa o no el ejercicio de la acción, y en caso de no hacerlo, dejaría sin castigo una conducta que le fue notificada; esta conducta no es arbitraria sino legal.
- Silva Silva, Jorge Alberto (1995). Derecho Procesal Penal. Mexico: Oxford.
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