- Miguel Angel Esposito
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Miguel Angel Esposito es el responsable mayor, por jerarquía institucional, del asesinato del joven Walter Bulacio, ocurrido el 19 de abril de 1991 a la salida de un recital de la banda de Rock argentina Patricio Rey y sus Redonditos de Ricota.
Historia
Miguel Angel Esposito era el comisario a cargo de la Seccional 35°. En uno de los frecuentes y agresivos controles que se realizaban antes, durante y después de cada show de Patricio Rey y sus Redonditos de Ricota. Una razzia de la Seccional antes mencionada procedio a la detencion del joven de 17 años, Walter Bulacio, a efectos de averiguación de antecedentes, aunque la Ley de Patronato de Menores prohibe la detención de menores sin intervención del juez competente. Walter fue demorado en la comisaria una noche; saldria a la mañana siguiente rumbo al Hospital Pirovano. Visto por el medico se le diagnostico Traumatismo Craneano, confesandole al mismo que habia sido brutalmente golpeado por la policia. Murio cinco dias mas tarde, tras haber sido trasladado a otro nosocomio; la autopsia encontro golpes con objetos contundentes en miembros, torso y cabeza. El autor material de la muerte no se pudo determinar en la investigación judicial, y la causa siguio contra el comisario a cargo. Desde el momento del traslado de la acusacion, la defensa del Comisario Esposito promovio una extensa serie de diferentes articulaciones y recursos que impidieron que el proceso pudiera avanzar hasta el juicio. Considerada la situacion, el defensor, opuso la prescripción de la acción penal, la que fue admitida en primera y segunda instancia y se sobreseyó definitivamente al encausado con relación al hecho que damnificó a Walter David Bulacio, por el que había sido oportunamente acusado (artículos 59, inciso 3º;; 62, inciso 2º; y 144 bis, inciso 1º, con las agravantes descriptas en los incisos 2º y 3º del artículo 142 del Código Penal). El sobreseimiento de Espósito llegó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, y el mas Alto Tribunal del país, en sentencia del 23 de diciembre de 2004, en los autos: “Espósito, Miguel Angel s/ incidente de prescripción de la acción penal promovido por su defensa” revocó el sobreseimiento dictado por el a quo so pretexto de cumplir con lo ordenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, sin embargo, el mas alto tribunal argentino dejó a salvo su opinión en orden a que no compartía el criterio restrictivo del derecho de defensa que se desprende de la resolución del tribunal internacional mencionado. El 10 de septiembre de 2008, en la Causa Nro. 28.598 caratulada “Esposito, Miguel Angel s/ recurso extraordinario”, interlocutoria de la Sala VI de la Cámara del Crimen porteña, se resolvió que la actividad de la defensa técnica del imputado sólo busca dilatar el proceso.
Referencias
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