- Patrimonio cultural
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El patrimonio cultural[1] [2] es la herencia cultural propia del pasado de una comunidad, con la que ésta vive en la actualidad y que transmite a las generaciones presentes y futuras.[3]
Contenido
Valores culturales
Según la Ley 397 de 1997 de la República de Colombia, por todos los bienes y valores culturales que son expresión de la nacionalidad" o identidad de un pueblo, "tales como la tradición, las costumbres y los hábitos, así como el conjunto de bienes inmateriales y materiales, muebles e inmuebles, que poseen un especial interés histórico, artístico, estético, plástico, arquitectónico, urbano, arqueológico, ambiental, ecológico, lingüístico, sonoro, musical, audiovisual, fílmico, científico, testimonial, documental, literario, bibliográfico, museológico, antropológico y las manifestaciones, los productos y las representaciones de la cultura popular".[4]
Por patrimonio arquitectónico se puede entender un edificio, un conjunto de edificios o las ruinas de un edificio o de un conjunto de edificios que, con el paso del tiempo, han adquirido un valor mayor al originalmente asignado y que va mucho más allá del encargo original. Este valor, como lo señalan los capítulos de ICOMOS, puede ser cultural o emocional, físico o intangible, histórico o técnico.
Las obras de arquitectura que pueden considerarse de patrimonio arquitectónico serán entonces las que, debido a una multiplicidad de razones, no todas de índole técnica o artística, se consideran que, sin ellas, el entorno donde se ubican dejaría de ser lo que es. Por ejemplo, la catedral y los edificios gubernamentales coloniales que se hallan en el Zócalo de la ciudad de México. El Zócalo no tendría la significancia que tiene si esos edificios no estuvieran allí. Por tanto, esos edificios se consideran como parte del patrimonio arquitectónico de México. Otro ejemplo es la ciudad prohibida de Pekín, en China.
Protección del patrimonio cultural
Las entidades que identifican y clasifican determinados bienes como relevantes para la cultura de un pueblo, de una región o de toda la humanidad, velan también por la salvaguarda y la protección de esos bienes, de forma tal que sean preservados debidamente para las generaciones futuras y que puedan ser objeto de estudio y fuente de experiencias emocionales para todos aquellos que los usen, disfruten o visiten.
La Convención para la protección del Patrimonio Cultural y Natural del Mundo"[5] fue adoptada por la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco) el 16 de noviembre de 1972, cuyo objetivo es promover la identificación, protección y preservación del patrimonio cultural y natural de todo el mundo, el cual es considerado especialmente valioso para la humanidad.[6]
Como complemento de ese tratado, la Unesco aprobó, el 17 de octubre del 2003, la Convención para la Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial",[7] que definió que:
- Se entiende por patrimonio cultural inmaterial los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas -junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes- que las comunidades, los grupos y, en algunos casos, los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural.
- Este patrimonio cultural inmaterial, que se transmite de generación en generación, es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad y contribuyendo así a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana.
Pueblos indígenas
Considerando que "todos los pueblos contribuyen a la diversidad y riqueza de las civilizaciones y culturas, que constituyen el patrimonio común de la humanidad" y que "el respeto de los conocimientos, las culturas y las prácticas tradicionales indígenas contribuye al desarrollo sostenible y equitativo y a la ordenación de lo que sea si es adecuada del medio ambiente", el 13 de septiembre de 2007 se adoptadó la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas,[8] que establece que "los pueblos indígenas tienen derecho a mantener, controlar, proteger y desarrollar su patrimonio cultural, sus conocimientos tradicionales"; "a practicar y revitalizar sus tradiciones y costumbres culturales"; a practicar y enseñar sus propios idiomas y sus ceremonias espirituales; a mantener y proteger sus lugares religiosos y culturales y a acceder a ellos; a mantener su integridad como pueblos distintos, sus valores culturales e identidad étnica, así como a la restitución de los bienes culturales y espirituales de los cuales hayan sido despojados.
Esta importante declaración estuvo precedida, desde 1989, por el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre pueblos indígenas y tribales,[9] que determina la protección de "los valores y prácticas sociales, culturales, religiosos y espirituales propios" de los pueblos indígenas y define "la importancia especial que para las culturas y valores espirituales de los pueblos interesados reviste su relación con las tierras o territorios", así como la importancia de las actividades económicas tradicionales para su cultura. El Convenio 169 de la OIT determina que los servicios de salud para indígenas deberán organizarse en forma comunitaria, incluyendo los métodos de prevención, prácticas curativas y medicamentos tradicionales. Los programas de educación "deberán abarcar su historia, sus conocimientos y técnicas, sus sistemas de valores" y además, "deberán adoptarse disposiciones para preservar las lenguas indígenas". demuestra que la mayoria de ellos son indigenas
Véase también
- Lista Representativa del Patrimonio Cultural de la Humanidad (UNESCO)
- Patrimonio
- Patrimonio de la Humanidad
- Patrimonio histórico (España)
- Patrimonio industrial
- patrimonio natural
Referencias
- ↑ Lei 13/85 do Patrimonio Cultural Português
- ↑ Lexicoteca-Moderna Enciclopédia Universal, Círculo de leitores, Lisboa, 1985
- ↑ Sobre o Patrimonio Mundial da Unesco
- ↑ Ley 397 de 1997 de la República de Colombia
- ↑ [ http://whc.unesco.org/archive/convention-es.pdf Texto de la Convención para la protección del Patrimonio Cultural y Natural del Mundo]
- ↑ Convenção para a protecção do património mundial, cultural e natural
- ↑ Texto de la Convención para la Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial
- ↑ Texto de la Declaración de las ONU sobre los derechos de los pueblos indígenas
- ↑ Texto del Convenio 169 de la OIT
Enlaces externos
- Museodata. Portal de Museología, Patrimonio Cultural y Conservación y Restauración
- Patrimonio cultural de Chile
- Artículos sobre conservación del patrimonio cultural publicados por la Fundación Patrimonio Histórico
- Canal Patrimonio, primera televisión en línea dedicada por entero al Patrimonio
- Patrimonio cultural de Aragón
- Mompox: una mirada a su patrimonio cultural
- Convención para la Protección de los Bienes Culturales en caso de Conflicto Armado - 1954 (Convención de La Haya de 1954).
Categoría:- Patrimonios culturales
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