- Abandono
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En Derecho, el término abandono hace referencia a la renuncia voluntaria, intencional y absoluta de los derechos o propiedad, sin traspasar su titularidad a ninguna otra persona.
- En el caso del abandono de un bien raíz, si bien este podrá llegar a adquirirse por ocupación, se entiende que la propiedad raíz abandonada pertenece al Estado en ultima instancia.
- En el caso de haberse abandonado un hijo, al cónyuge, o a otro familiar, lo que denota la desatención premeditada al marcharse, el transgresor sin la intención de volver, en muchos países, esta cometiendo un delito.
Abandono del procedimiento es la pérdida o extinción total del procedimiento, producida cuando todas las partes ha cesado en su prosecución por un determinado lapso. Ocurrido esto, se pierde el procedimiento pero no la acción, la que puede intentarse nuevamente.
Véase también
Categoría:- Términos jurídicos
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