- Colonato
-
El colonato es una forma de explotación de las tierras de cultivo, que constituye una forma de transición entre el sistema esclavista del Imperio romano, y el sistema feudal que predominó durante la edad media. El colono poseía un estatus intermedio entre la esclavitud y la libertad: era aquella persona libre que cultivaba una tierra que no le pertenecía y estaba ligado a ella, sin poder abandonarla. Por el hecho de cultivarla pagaba un canon o renta anual, ya fuera en dinero o en especie.
La institución del colonato no pertenece al derecho clásico. Conocida desde el siglo III, se afianzó por la desaparición de la esclavitud,[1] Surgió probablemente con los primeros emperadores cristianos: sus reglas de funcionamiento fueron "establecidas y completadas desde tiempos de Constantino.[2] y fue una de las claves en la transición entre el modo de producción esclavista y el modo de producción feudal, en el que las relaciones de producción no se producen entre esclavos y propietarios, sino entre señores y siervos. En el colonato, la definición del derecho de propiedad es todavía clara, mientras que en el feudalismo, la propiedad es un concepto confuso, puesto que campesinos y privilegiados (nobles y clérigos) comparten algún grado de dominio sobre la tierra (dominio útil, dominio eminente), siendo la clave que unos tengan la capacidad de explotarla y gestionar la producción, y los otros la capacidad de extraer el excedente.
La persona del colono no estaba sometida al dueño de la tierra: podía casarse y adquirir bienes, pero para enajenarlos necesitaba el consentimiento del propietario, ya que con ellos garantizaba el pago anual que se debía efectuar. Tampoco podía ejercer el colono ningún cargo público.[3] Por otro lado, cuando el propietario vendía el terreno, este era transferido con todo lo que en el hubiese, incluyendo a los colonos que allí habitaran. La condición del colono era hereditaria y solo podía finalizar mediante una autorización del propio terrateniente o bien por un orden superior.
La trascendencia de la institución radicaba en que permitía garantizar la disponibilidad de fuerza de trabajo suficiente para cultivar amplias extensiones de tierra.[4] Desde el punto de vista fiscal, la institución también resultaba ventajosa para el Estado, ya que los impuestos eran cobrados a los colonos en lugar de ser exigidos al propietario. Debido a que aquellos permanecían inseparablemente unidos a la tierra, el Estado se aseguraba el cobro de los impuestos pertinentes.
Referencias
- ↑ Lastra Lastra, José Manuel (2000). «El trabajo en la Historia». Anuario Mexicano de Historia del Derecho (11-12). ISSN 0188-0837. http://info.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/hisder/cont/11/cnt/cnt7.pdf., pág. 199
- ↑ Petit, Eugéne. Tratado elemental de Derecho romano (9ª edición). México: Editora Nacional., pág. 93
- ↑ Lastra Lastra, José Manuel (2000): «El trabajo en la Historia», pág. 200
- ↑ Lemus García, Raúl. Derecho romano. México: Limusa., pág. 38
Wikimedia foundation. 2010.