- Contrabando
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Contrabando es la entrada, la salida y venta clandestina de mercancías prohibidas o sometidas a derechos en los que se defrauda a las autoridades locales. También se puede entender como la compra o venta de mercancías evadiendo los aranceles, es decir evadiendo los impuestos.
La conducta humana denominada contrabando se inscribe en el marco del derecho penal económico. La economía de las naciones necesita tener control sobre sus importaciones y exportaciones, por cuanto hace a la vida de un país. De esa forma, se considera que comete contrabando aquel que ejerce acciones u omisiones, mediante una conducta ardidosa o engañosa, con el objeto de lograr que determinada mercadería eluda el control del servicio aduanero. los celulares, los perfumes y las carteras son objetos producidos por el contrabando. En derecho penal, el "bien jurídico tutelado" es aquello que la sociedad en su conjunto ha resuelto que defenderá, incluyendo cualquier conducta disvaliosa que lo vulnere en la categoría de delito. El bien jurídico tutelado en el contrabando es "el normal funcionamiento del control aduanero en funciones esenciales de la actividad aduanera".[1]
En español su sinónimo es estraperlo. Estraperlo es todo comercio ilegal de bienes sometidos a algún tipo de impuesto o tasa por el Estado. Por extensión, es una actividad irregular o intriga de algún tipo, y se usa como sinónimo de mercado negro. Quien practica el estraperlo se llama estraperlista del mercado. El origen de este acrónimo está en un escándalo político ocurrido durante la Segunda República Española, producido como consecuencia de la introducción de un juego de ruleta eléctrica de marca "Stra-Perlo", nombre derivado de Strauss y Perlowitz, empresarios holandeses que promovieron el negocio.
En la actualidad, y al haberse liberalizado la mayor parte de los mercados, el contrabando suele darse en productos regulados por monopolios estatales y más concretamente en aquellos fuertemente gravados fiscalmente, lo que implica que haya una gran diferencia entre el precio económico real y el precio final de mercado del producto. Esta diferencia es la que origina el margen que convierte en atractivo el delito. Los casos más comunes son los hidrocarburos y el tabaco,[2] así como el alcohol, aunque este en menor medida.
La desaparición de los monopolios estatales y la apertura de fronteras a la práctica totalidad de los productos ha reducido la incidencia y relevancia de esta figura jurídica.
Referencias
- ↑ Vidal Albarracín, Héctor Guillermo (2004). Delitos aduaneros (Mave Editor edición). pp. 96.
- ↑ el contrabando de tabaco como figura fiscal
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