- Convenio de Aarhus
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La Convención sobre acceso a la información, participación pública en la toma de decisiones y acceso a la justicia en temas medioambientales de la UNECE, conocida normalmente como el Convenio de Aarhus, fue firmada el 25 de junio de 1998 en la ciudad danesa de Aarhus. Entró en vigor el 30 de octubre de 2001. En abril de 2008, había sido firmada por 40 países (fundamentalmente de Europa y Asia Central) y por la Comunidad Europea y había sido ratificada por 41 países. También ha sido ratificada por la Comunidad Europea, que ha comenzado la aplicación de principios de tipo Aarhus en su legislación, como el ejemplo destacado de la Directiva Marco del Agua (Directive 2000/60/EC).
El Convenio de Aarhus reconoce los derechos públicos observando el acceso a la información, a la participación pública y al acceso a la justicia, en los procesos de toma de decisiones gubernamentales en materias que afecten al medio ambiente local, nacional o transfronterizo. Se centra en la interacción entre el público y las autoridades públicas.El Convenio tiene un mecanismo de revisión de su cumplimiento único, que puede activarse de cuatro maneras: 1) una Parte realiza una propuesta acerca de su propio cumplimiento, 2) una parte realiza una propuesta relativa al cumplimiento de alguna otra Parte, 3) el Secretariado de la Convención realiza una remisión al Comité, o 4) un miembro del publico hace una comunicación relativa al cumplimiento de una parte. El mecanismo de cumplimiento es único en la legislación medioambiental internacional, y permite a los miembros del público el comunicar aspectos sobre el cumplimiento por las Partes de forma directa al comité de expertos legales internacionales encargado de examinar los casos. Sin embargo, el Comité de Cumplimiento no puede emitir decisiones que obliguen al cumplimiento, sino que realizan recomendaciones al plenario de la Conferencia de las Partes. No obstante, en la práctica, dado que la Conferencia de las Partes ocurre con poca frecuencia, las Partes intentar cumplir con las recomendaciones del Comité de Cumplimiento. En abril de 2008 se habían interpuesto, ante el Comité de Cumplimiento del Convenio, 21 comunicaciones desde el público - muchas originadas por organizaciones no gubernamentales- y una remisión por Parte.[1]
El Protocolo de Kiev de registro de emisión y transferencia de contaminantes del Convenio de Aarhus fue adoptado en la reunión extraordinaria de las Partes celebrada en Kiev el 21 de mayo de 2003. 36 Estados y la Comunidad Europea firmaron el protocolo. En abril de 2008, 7 estados han ratificado el Protocolo. La Comunidad Europea ha ratificado también el Protocolo, marcando la expectativa de que sus 25 estados miembros seguirán su ejemplo.
El Protocolo de Kiev es el primer instrumento legal internacional que obliga a realizar Registros de emisión y transferencia de contaminantes. Los Registros de emisión y transferencia de contaminantes son inventarios de la contaminación de origen industrial y de otros orígenes como la agricultura y el transporte. El objetivo del Protocolo es "mejorar el acceso público a la información mediante el establecimiento de registros coherentes a escala nacional de la emisión y transferencia de contaminantes". El Protocolo establece la obligación indirecta de las empresas privadas de notificar anualmente a sus gobiernos nacionales sus emisiones y transferencias de contaminantes.
Las Partes del Protocolo no necesariamente han de ser Partes del Convenio, el Protocolo es en este sentido un acuerdo internacional independiente. El Protocolo de Kiev de Registros de emisión y transferencia de contaminantes entrará en vigor 90 días después de que el decimosexto estado lo ratifique o acceda a acordarlo.
En la Segunda Conferencia de Partes del 27 de mayo de 2005, en Almaty, Kazajistán, se introdujo una enmienda al Convenio de Aarhus sobre la "Participación Pública en las Decisiones sobre la Liberación Intencionada al Medio Ambiente y la Introducción en el Mercado de Organismos Modificados Genéticamente". En abril de 2008, ha sido ratificada por 11 países. La enmienda sobre los OMG entrará en vigor 90 días después de que al menos tres cuartos de las Partes del Convenio de Aarhus lo ratifiquen.[2]
El Secretario General de las Naciones Unidas Kofi Annan (1997-2006) dijo sobre ello: "Aunque de alcance regional, el significado del Convenio de Aarhus es global. Es con mucho la aplicación más impresionante del décimo principio de la Declaración de Río, que establece la necesidad de la participación ciudadana en los aspectos medioambientales y de que las autoridades públicas garanticen el acceso a la información medioambiental. Con ello representa la aventura más ambiciosa en el área de la democracia mediambiental tomada bajo el auspicio de las Naciones Unidas".
La influencia del Convenio de Aarhus excede el campo de lo medioambiental. En el segundo Foro de la Gobernanza de Internet, celebrado entre el 12 y el 15 de mayo de 2007, en Río de Janeiro, el Convenio fue presentado como un modelo para la participación pública y la transparencia en las operaciones de los foros internacionales.
Referencias
- ↑ Convenio de Aarhus - Participación Pública (en inglés)
- ↑ Convenio de Aarhus - Participación Pública [1]
Enlaces externos
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