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Cuarta falcidia
La cuarta falcidia es en el derecho de sucesiones el derecho que tiene el heredero de quedarse con la cuarta parte de la masa hereditaria (bienes relictos), cuando esta está desmedidamente grabada (hipoteca, prenda, fianza). Es decir que el causante (de cujus) que en vida hipoteco su propiedad por un valor superior al que realmente vale, al sucederle su heredero, este ya no tendra la posibilidad de tomar pocesión de la herencia para su uso ya que el acreedor del causante la tomara en pago de la deuda, la cuarta falcidia le permite al heredero quedarse con la cuarta parte de la herencia que está desmedidamente grabada como en el caso comentado, en muchas legislaciones esta estipulación no existe pero en otras esta bien definida por su finalidad que es la de no dejar desprotegido al heredero, tenemos por ejemplo la legislacion guatemalteca que sí permite que el heredero haga uso de la cuarta falcidia.
Categoría: Términos jurídicos
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