- Vigilante jurado
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El vigilante jurado era la denominación de una persona que ejercía, en España, al servicio de una empresa privada de seguridad, funciones de vigilancia y custodia de las personas o el patrimonio privado, transporte de fondos en vehículos blindados, y vigilancia de centros privados comerciales.
Para ejercer esta profesión se debía obtener una habilitación expedida por el Ministerio del Interior, después de superar un proceso selectivo, donde se incluyen una serie de pruebas de aptitud psico-física y de conocimientos.
Las personas habilitadas como vigilante jurado tenían consideración de agente de la autoridad. El cargo se juraba o prometía y estaba subordinado a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, es decir, a las fuerzas de la policía, con las que tenían la obligación de colaborar siempre en defensa de la seguridad ciudadana y la paz social.
Actualmente este cargo ha sido reemplazado por el de "vigilante de seguridad" según la Ley Orgánica 23/1992, de 30 de julio.
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