- Ley de Justicia y Paz de Colombia
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Ley de Justicia y Paz o Ley 975 de 2005 dentro de la Legislación de Colombia es un marco jurídico promovido por el gobierno de Álvaro Uribe Vélez y aprobada por el Congreso para facilitar el proceso de desmovilización de paramilitares en Colombia, aunque eventualmente podría ser utilizada en procesos de desmovilización de grupos guerrilleros.
Contenido
Ley de justicia y paz
En 2002 el gobierno del presidente Álvaro Uribe Vélez y el alto comisionado de la paz, Luis Carlos Restrepo, iniciaron un proceso que diera un marco jurídico en el cual grupos armados al margen de la ley como los grupos paramilitares de las [[Autodefensas Unidas de Colombia y las guerrillas entregaran las armas y se reintegraran a la sociedad civil en lo que se conoce como la desmovilización.[1]
En 2003 las Autodefensas Unidas de Colombia firman con el gobierno un acuerdo de desmovilización en el cual 30 mil miembros de esa organización armada y sus comandantes cesan operaciones.[1] El gobierno presentó entonces un proyecto de ley conocido como alternatividad penal que beneficiaba a los armados que se desmovilizaban y confesaban sus crímenes, pero ignoraba a las víctimas. Dicha ley tuvo que ser retirada debido a la presión nacional e internacional.[2]
Entre 2005 y 2006 el país adopta un marco legislativo que permite la prosecución y sentencia de miembros de grupos armados ilegales que se hubiesen acogido a los procesos de desmovilización. Dicha regulación es conocida como la Ley 975 de 2005 o la Ley de Justicia y Paz.
El 13 de mayo de 2008 algunos de los comandantes de las AUC desmovilizados fueron extraditados a los Estados Unidos para responder en tribunales de ese país por cargos de narcotráfico. La decisión del gobierno de permitir su extradición se basaba en el argumento de que estos seguían delinquiendo desde las cárceles.
Críticas
Durante su redacción y trámite, el proyecto de ley fue criticado por grupos de derechos humanos y las Naciones Unidas, entre otras organizaciones. Sus críticos consideraron que podía ser demasiado generoso al ofrecer penas de 5 a 8 años por delitos graves, aplicables a aquellos delitos que los mismos desmovilizados confiesen o que el Estado pueda probar posteriormente. También se ha criticado el que en un principio fuese relativamente limitado el período de tiempo para las investigaciones o procesos de delación que ayuden a generar el material probatorio. Las Naciones Unidas, mediante su vocero Michael Frühling, han criticado el que la realización de una confesión total no fuera un requisito del proceso, sino que en principio se exija más bien una especie de versión libre sobre las actividades criminales de los desmovilizados, argumentando que eso constituiría un obstáculo para el pleno desmantelamiento del paramilitarismo y la reparación a las víctimas.
El gobierno colombiano y los defensores de la Ley de Justicia y Paz argumentaron que había que encontrar un balance entre los requerimientos de la justicia y los de la paz, lo que implica la aceptación de cierta impunidad implícita dentro de un proceso de negociación. También se argumentó que fue la primera ley y el primer proceso de desmovilización que ofrecía penas a combatientes y dirigentes que no habían sido vencidos en combate, en contraste con los procesos de desmovilización previos con las guerrillas. El entonces ministro del Interior y Justicia Sabas Pretelt declaró ante los medios que el exigir la confesión total podría haber constituido una violación a la Constitución vigente, mediante la autoincriminación. El Fiscal General Mario Iguarán declaró que su despacho pretende continuar con todos los procesos que impliquen posibles actividades criminales no confesadas y que se actuará en consecuencia tanto en ese caso como contra los crímenes posteriores de los desmovilizados, en caso de ser necesario.
La Corte Constitucional revisó la constitucionalidad de la Ley de Justicia y Paz. En un fallo de abril de 2006, por 7 votos contra 2, no encontró vicios de forma en el hecho de que el trámite de la ley en el Congreso haya sido el de una ley no estatutaria.[3]
El 18 de mayo de 2006, en un nuevo fallo referido ya al contenido mismo de la ley, la Corte condicionó varios apartes de la ley y declaró inexequibles otros, en el fallo la corte declaró que "quienes se acojan a la ley deberán cumplir a cabalidad las resoluciones de la ley, como la confesión total de los delitos, la reparación y la verdad, y no volver a delinquir", a diferencia del proyecto de ley que pasó el gobierno y aprobó el congreso donde la confesión plena no era un requisito y los delitos que se demostraran posteriores a la desmovilización no afectaban los beneficios jurídicos obtenidos por los desmovilizados.[4]
Human Rights Watch considera que el fallo de la Corte fue un gran correctivo, solucionando varios de los graves problemas y vacíos iniciales que existían en el proyecto de ley.[5]
¿A quiénes cubre la Ley de Justicia y Paz?
Actualmente los beneficios se dan sobre la aceptación de crímenes cometidos justo antes de la fecha de promulgación de la ley, por parte de miembros de grupos al margen de la ley, en el ámbito de un proceso de paz. Precisamente para ampliar el tiempo del beneficio, durante la segunda administración de Álvaro Uribe Vélez, en abril de 2009, su Gobierno radicó un proyecto que permitía que los miembros de grupos alzados en armas pudieran acogerse a los beneficios de la Ley 975 del 25 de julio 2005. Pero la iniciativa sólo tuvo un debate y murió al interior de congreso.
Según Frank Pearl, comisionado de paz durante el segundo periodo de Uribe, inicialmente se pensó que para el 25 de julio de 2005 las negociaciones iban a estar finalizadas, pero no fue así. Entre esa fecha y el año siguiente se desmovilizaron 25 mil paramilitares y 25 de los 37 frentes desmovilizados. “En un primer momento no hubo ninguna dificultad –explica Pearl- porque la interpretación jurídica era que la Ley de Justicia y Paz cubría los delitos que las personas hubiesen cometido hasta el día de su desmovilización, y esa interpretación estuvo vigente como por dos años”. No obstante, la Corte Suprema de Justicia emitió jurisprudencias donde recalcaba lo que indicaba el artículo 72 de la Ley de Justicia y Paz: “se aplicará únicamente a hechos ocurridos con anterioridad a su vigencia y rige a partir de la fecha de su promulgación (25 de julio de 2005)”.
Véase también
- Parapolítica
- Autodefensas Unidas de Colombia
- Proceso de desmovilización de paramilitares en Colombia
Referencias
- ↑ a b «Proceso de paz con las autodefensas». Alta Consejería Presidencial para la Reinserción. Consultado el 16 de junio de 2010.
- ↑ «Procesos de Justicia y Paz». Verdad Abierta. Consultado el 16 de junio de 2010.
- ↑ (Caracol Radio)
- ↑ (WN)
- ↑ Colombia: Al Corregir Ley de Desmovilización, Corte Evita Abusos Futuros
Enlaces externos
Noticia[1]Wikinoticias[2]Noticia[3]Noticia[4]Noticia[5]Noticia[6]Noticia[7]Noticia[8]Noticia[9]Noticia[10]
- Artículos en Wikinoticias:
- Policía colombiana captura a la cúpula de las AUC
- Uribe lanza advertencia a las AUC
- Magistrado afirma que Corte Constitucional de Colombia modificó fallo sobre Ley de Justicia y Paz
- Corte Constitucional de Colombia condiciona aplicación de la Ley de Justicia y Paz
- La ONU pide modificar la Ley de Justicia y Paz y denuncia abusos de guerrilleros, paramilitares y fuerzas estatales en Colombia
- Ahora el diario francés "Le Figaro" ataca la ley de "justicia y paz"
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- Visita de estado de Uribe a España
- Unidad Nacional de Justicia y Paz
- Texto de la Ley (Cámara) (también versión PDF)
- Texto de la Ley (Senado) (también versión PDF)
- Corte corrige defectos en la ley de desmovilización
- Ley de Justicia y Paz en formato PDF
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