- Policía Regional del Estado Zulia
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Policía Regional del Estado Zulia
La Policía Regional del Estado Zulia fue creada por primera vez en el año 1932 como Policía Municipal, sufriendo reformas al pasar de los años debido a los cambios poblacionales y tecnológicos de la región. La ley para la organización de esta policía es dictada por el Consejo Legislativo Zuliano promulgando la Ley de la Polocía del Estado Zulia. La policía esta adscrita a la Secretaría de Defensa y Seguridad Ciudadana Del Estado Zulia, siendo el Director Comisario Jesús Alberto Cubillan
La Policía Regional del Estado Zulia es una institución sin fines de lucro, creada con el fin de establecer el orden público en la región zuliana y como ente garante del ejercicio de los derechos y deberes constitucionales de los ciudadanos, cumple y hace cumplir las leyes, reglamentos, decretos, ordenanzas y resoluciones emanadas de las autoridades competentes. Esta conformada por un Director General, un Subdirector, la Plana Mayor (Comisarios Generales), Oficiales y personal administrativo.
Funciones
- Cumplir y hacer cumplir la Constitución de la República, la del Estado Zulia, las Leyes, reglamentos, decretos, ordenanzas, resoluciones y órdenes emanadas de las autoridades competentes.
- Colaborar con el Poder Judicial y con las Autoridades de Policía Judicial, en los t‚rminos que establece la Ley.
- Colaborar con los demas cuerpos de seguridad del Estado, para evitar actividades que atenten contra la seguridad de la República y de su sistema de Gobierno.
- Ejercer vigilancia permanente en calles, plazas, parques y dem s sitios públicos.
- Prevenir e investigar, sin interferir con otros cuerpos de seguridad, los hechos punibles o sospechosos que sucedan; incautar los instrumentos, efectos útiles de las infracciones; acumular las pruebas que constituyen cuerpos de delito y remitirlas en el lapso de cuarenta y ocho (48) horas al organismo que le corresponda conocer el caso.
- Asegurar y mantener el libre tr nsito por calles, plazas, parques, reas de paseo y dem s lugares y/o sitios públicos y proceder a la dispersión de grupos de personas que hagan manifestaciones colectivas il¡citas o en forma que obstruyan o impidan el libre tr nsito de personas y veh¡culos.
- Realizar acciones de orden social y educativo en beneficio de la colectividad.
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