Rafael Domingo Oslé

Rafael Domingo Oslé

Rafael Domingo Oslé

Rafael Domingo Oslé, nacido en Logroño, La Rioja, en 1963, es un jurista y catedrático español, estudioso del derecho romano, derecho comparado y derecho global. Domingo es su primer apellido.

Rafael Domingo Oslé

Contenido

Educación

Licenciado (1985) y doctor en derecho (1987) por la Universidad de Navarra, ambos con Premio extraordinario, amplió estudios en la Universidad Ludwig-Maximilians de Múnich, como becario de la Fundación Alexander von Humboldt (1989 y 1995), en la Universidad de Roma-La Sapienza (1995) y, como visiting scholar, en la Universidad Columbia de Nueva York (2000).

Actividad académica y profesional

Profesor titular de derecho romano (1989) y catedrático de derecho romano de la Universidad de Cantabria (1993), en 1995 se incorporó a la Universidad de Navarra como sucesor de su maestro Álvaro d’Ors. De 1996 a 1999 desempeñó el cargo de Decano de su Facultad de Derecho. Desde su constitución en 2003, dirige la Cátedra Garrigues de Derecho Global de la Universidad de Navarra. Es director del Observatorio jurídico de la Fundación Gertrude Ryan (2007), director de The Global Law Collection, de la editorial Thomson Reuters Aranzadi (2005), y presidente la Fundación Maiestas. Pertenece a diversas academias y asociaciones internacionales.

Derecho global

Domingo considera que la existencia de un derecho global, superador de la idea de clásica de derecho internacional, es una exigencia de nuestros días, como lo fue el concepto del derecho de gentes en la antigüedad, o el de derecho internacional en la modernidad.[1] Según Domingo[2] la mayor diferencia existente entre el derecho internacional y el derecho global es que el primero se basa en la soberanía de los Estados, en tanto el derecho global ha de fundarse en la dignidad de las personas. Para Domingo, el derecho nace de la persona (ex persona oritur ius[3] ), no del Estado. La globalización, entre otras consecuencias, ha originado que la humanidad haya adquirido relevancia jurídica. Para evitar que sea dominada por criptocracias económicas, gobiernos imperialistas o plutocracias transnacionales, la humanidad debe organizarse jurídica y políticamente. Pero no como un Superestado o una suerte de Imperio, sino como una Antroparquía.[4] Éste es el nombre que propone Domingo para la forma de gobierno de la Humanidad bajo un derecho global. La Antroparquía estaría gobernada por una institución denominada Humanidad Unida,[5] heredera de la ONU, de la que dependerían las restantes instituciones globales. El derecho global ha de constituir un verdadero ordenamiento jurídico, con su propia regla de reconocimiento, si se sigue la terminología de Herbert L. A. Hart.[6]

Para Domingo, la regla de reconocimiento sería la conocida regla jurídica, inspiradora de los sistemas democráticos: quod omnes tangit ab omnibus approbetur (lo que afecta a todos, debe ser aprobado por todos).[7] El corazón de la institución Humanidad Unida sería su Parlamento Global. La única competencia de este parlamento sería determinar qué materias y en qué medida gozan de lo que Domingo denomina reserva de globalidad,[8] es decir, han de ser reguladas por el derecho global. El derecho global ha de constituir una parte muy pequeña del derecho existente en el mundo, pero necesaria. Actuando al modo de los vasos comunicantes, el derecho global permitiría equilibrar y armonizar sistemas jurídicos sin uniformarlos. Los principios de horizontalidad y subsidiariedad que informan el derecho global impedirían que éste se extienda más allá de su límite competencial, que es material, no territorial.

Derecho romano y derecho comparado

En el campo del derecho romano, Domingo ha estudiado y criticado la reconstrucción del Edicto Perpetuo propuesta por Otto Lenel,[9] ofreciendo una nueva reconstrucción del primer título edictal sobre la jurisdicción del pretor (De iurisdictione). También ha analizado las relaciones entre la auctoritas[10] y la potestas, dos conceptos genuinamente romanos, centrales en la filosofía de Álvaro d’Ors, que Domingo revisó en su libro Auctoritas (1999) ofreciendo un visión completa del pensamiento orsiano. En el ámbito del derecho comparado, Domingo ha prestado atención a las reglas jurídicas y aforismos medievales presentes en los diversos sistemas jurídicos, así como la formación del derecho japonés moderno, muy particularmente de su Código civil.

Principales obras

  • Estudios sobre el primer título del Edicto del Pretor (Universidad de Santiago de Compostela, 1992, 1993, 1995)
  • Auctoritas (Ariel, 1999)
  • Código civil japonés. Estudio preliminar, traducción y notas (Marcial Pons 2000), con la colaboración de Nobuo Hayashi.
  • Juristas universales (coordinador), 4 vols. (Marcial Pons, 2004)
  • Ex Roma ius (Thomson Aranzadi, 2005)
  • Álvaro d’Ors, una introducción a su obra (Thosmon Aranzadi, 2005)
  • Principios de Derecho Global. 1000 reglas jurídicas y aforismos comentados (Thomson Aranzadi, 2006), en colaboración con Javier Ortega, Beatriz Rodríguez Antolín y Nicolás Zambrana
  • ¿Qué es el Derecho Global? (Thomson Reuters Aranzadi, 2008)

Enlaces externos

Notas

  1. Véase, Rafael Domingo, ¿Qué es el Derecho Global? (2ª ed., Thomson Reuters Aranzadi, 2008) pg. 21, 33-35
  2. Ibidem, pgs. 113-122 y 163-165.
  3. Ibidem pg. 214.
  4. Ibidem, pgs. 178-181.
  5. Ibidem, pgs. 171-174.
  6. H. L. A. Hart, The Concept of Law (2ª ed. Oxford University Press, 1997) pgs. 100-110.
  7. Rafael Domingo ¿Qué es el Derecho Global? (2ª ed., Thomson Reuters Aranzadi, 2008) pg. 169-171.
  8. Ibidem, pg. 172.
  9. Otto Lenel, Das Edictum Perpetuum. Ein Versuch zu seiner Wiederherstellung (3ª ed. Scientia Verlag, 1927).
  10. «'Auctoritas' · ELPAÍS.com».
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