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Retranqueo
Al definir la posición de una edificación hemos de tener en cuenta el concepto de retranqueo, entendido como la separación mínima de la edificación a los linderos, medida perpendicularmente a ellos; se distingue retranqueo frontal, lateral y trasero.[1]
Véase también: Normalización de los instrumentos de planeamiento urbanísticoContenido
Criterios de medición
Perpendicularmente a fachada medimos la distancia entre la edificación y el límite de parcela que deberá coincidir con la alineación o con alguno de los linderos.
Retranqueo frontal
En relación con el frente de parcela o alineación principal puede medirse en relación al eje de la calle, o bien, en relación con otras edificaciones. Es recomendable que la separación entre edificios, medida desde el plano de fachada a dicho eje, sea coincidente con la altura (H) del edificio. El espacio libre resultante puede destinarse a usos de jardín o aparcamiento en superfcie.
Retranqueo lateral
En relación con los linderos laterales, es recomedable considerar la mitad de la altura (H/2), con un mínimo de tres metros (3m.)
Retranqueo trasero
En relación con el testero o lindero trasero, también es recomedable considera la mitad de la altura (H/2), con un mínimo de tres metros (3m.).
Criterios de separación entre edificaciones
Es aconsejable que los planos de fachadas queden separados de los de las edificaciones colindantes en una dimensión igual a la altura (H) del mayor de los dos edificios.[2] Esta dimensión podría reducirse a un tercio de la altura (H/3), con un mínimo de cuatro metros (4m.) cuando las dos fachadas enfrentadas sean paramentos ciegos o los huecos de una o ambas fachadas correspondan a piezas no habitables.
Bibliografía
- AA.VV., Derecho Urbanístico de Castilla y León, Junta de Castilla y León, Valladolid 2.000. ISBN 84-7846-950-8.
- AA.VV., Derecho Urbanístico de Castilla y León, El Consultor de los Ayuntamientos y de los Juzgados, Madrid, 2.000. ISBN 84-7052-249-9.
Notas
- ↑ > DECRETO 22/2004, DE 29 DE ENERO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE URBANISMO DE CASTILLA Y LEÓN
- ↑ >para garantizar un correcto asoleo e iluminación entre ambos edificios
Enlaces externos
/ Página web de la Junta de Castilla y León rertru tugkkdhehfhkatherine es fes
Categoría: Calificación urbanística
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