- Tesorería General de la Seguridad Social
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Tesorería General de la Seguridad Social
La Tesorería General de la Seguridad Social de España, es un organismo de la Seguridad Social, con personalidad jurídica propia, donde se gestionan todos los recursos económicos y se lleva a cabo la administración financiera de Sistema de la Seguridad Social. Este organismo está tutelado por el Ministerio de Trabajo e Inmigración
Contenido
Competencias de la Tesorería General de la Seguridad Social
- En este organismo se lleva a cabo la inscripción obligatoria que tienen todas las empresas para inscribirse en la Seguridad Social con el fin de llevar a cabo la afiliación y las altas y bajas de los trabajadores en sus relaciones con las empresas, puesto que es obligatorio que todos los trabajadores estén inscritos en la Seguridad Social, para poder tener derecho a las prestaciones de la misma.
- Es el organismo competente donde se ingresan todas las cotizaciones de los trabajadores y empresarios y por tanto gestiona el total de las recaudaciones y demás recursos financieros de la Seguridad Social. Es el organismo que gestiona el aplazamiento o fraccionamiento de pago de las cuotas cuando una empresa, trabajador autónomo o una institución no puede hacer frente a las cotizaciones por falta de liquidez.
- Cuando una empresa deja de ingresar las correspondientes cotizaciones en plazo reglamentario y agota los plazos de recaudación voluntaria, la Tesorería embarga los bienes y procede a la subasta pública de los mismos, siendo este procedimiento la última fase del procedimiento administrativo de apremio y mediante las mismas los órganos de recaudación de la Tesorería General de la Seguridad Social tratan de poner en el mercado los bienes previamente embargados a los deudores de la Seguridad Social
- Comparte con las Entidades Gestoras de la Seguridad Social, las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales y el Instituto Nacional de Salud, la titularidad, gestión y administración del patrimonio único de la Seguridad Social.
- Dispone de la organización de los medios y el diseño y gestión de los procesos necesarios para el ingreso de las cuotas y demás recursos financieros del Sistema de la Seguridad Social distribuidos por todo el territorio del país.
- Controla y ordena el pago de las prestaciones de la Seguridad Social tanto en el tiempo como en el territorio de las disponibilidades dinerarias para satisfacer puntualmente dichas prestaciones.
- Establece los correspondientes contratos de colaboración con las Instituciones Financieras para situar los fondos de la Seguridad Social.
- Elabora anualmente un presupuesto monetario de las necesidades a cubrir.
- Asume la función reaseguradora de accidentes de trabajo.
- Gestiona un fondo de estabilización financiero único para el Sistema de la Seguridad Social.
- Liquida los capitales coste a constituir por Mutuas de Accidentes de Trabajo y empresas declaradas responsables del pago de prestaciones.
- Asume la adquisición de los inmuebles necesarios para el cumplimiento de sus fines mediante concurso público, así como la enajenación de aquellos que no resulten necesarios para los mismos, mediante el procedimiento de subasta pública
El sistema de recaudación de la Tesorería General está regulado por el Reglamento General de Recaudación establecido en el Real Decreto 939/2005 de 29 de julio de 2005 (BOE 2-09-05)
Recaudación por vía ejecutiva
Cuando se produce un retraso en los ingresos de las cotizaciones de una empresa o trabajador autónomo la Seguridad Social a través de la Tesorería General inicia un procedimiento de recaudación por vía ejecutiva apremiando el patrimonio del deudor, procediendo si llega el caso a embargar sus bienes enajenándose en pública subasta para poder cobrar la deuda contraída.
Los deudores, pueden paralizar el procedimiento de subasta, cuando procedan al pago de la deuda que mantienen con la Seguridad Social, siempre y cuando no se haya iniciado la enajenación del bien por el Presidente de la Mesa de Subasta. La Tesorería General de la Seguridad Social, tiene que anunciar mediante la publicidad adecuada, las subastas que celebre para la venta de los bienes embargados y, así poder, posibilitar que cualquier persona física o jurídica, interesada pueda acudir y licitar en las mismas.
Los bienes que enajena La Tesorería General de la Seguridad Social, mediante subasta pública , pueden ser:
- Fincas rústicas y urbanas
- Vehículos
- Embarcaciones
- Maquinaria de diverso tipo
- Mobiliario de oficina
- Material ofimático
- etc
A las subastas pueden concurrir todas las personas que lo deseen con excepción del personal de la Unidad de Recaudación Ejecutiva, de los tasadores, de los depositarios, de los bienes y de los funcionarios directamente implicados en el procedimiento de apremio o que no esté incursa en las excepciones e incompatibilidades que marcan las leyes.
Para obtener información adicional más concreta, referida a los muebles e inmuebles embargados ubicados en las distintas provincias, hay que dirigirse a las Direcciones Provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social o a la propia Unidad de Recaudación Ejecutiva en la que se siga el expediente de apremio.
Véase
- Seguridad Social
Fuentes
Categorías: Organismos de seguridad social | Seguridad social en España
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