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Tratado Michelena-Pombo
Fronteras del Estado de Venezuela en 1840, según lo acordado en el tratadoSuscripción 1833
BogotáFirmantes Lino de Pombo
Santos MichelenaPartes Nueva Granada
VenezuelaIdioma español El Tratado Michelena-Pombo,[1] fue un Tratado de amistad alianza, comercio, navegación y límites firmado en Bogotá en 1833 entre el ministro plenipotenciario de Venezuela Santos Michelena y el secretario de Relaciones Exteriores de la República de la Nueva Granada (actual Colombia) Lino de Pombo.
Contenido
Historia
Una vez lograda la separación de la Gran Colombia y la reconstitución de Venezuela como Estado independiente y soberano, el gobierno del presidente José Antonio Páez se propuso normalizar sus relaciones con la Nueva Granada en torno a 2 objetivos fundamentales: la redistribución de la deuda de la Gran Colombia y la celebración de un acuerdo que sellara de manera definitiva la amistad entre ambos países, reglamentara su comercio y fijara formalmente sus fronteras. Para tramitar estos asuntos, Páez designó el 6 de mayo de 1833, a su secretario de Hacienda y Relaciones Exteriores, Santos Michelena, con el carácter de ministro plenipotenciario en Bogotá, quien se convirtió en el primer representante diplomático venezolano con sede fija. Al llegar a la capital neogranadina Michelena presentó sus cartas credenciales al presidente Francisco de Paula Santander el 29 de agosto de 1833. Por su parte, Santander designó como ministro plenipotenciario a su secretario de Interiores y Relaciones Exteriores Lino de Pombo.
Las negociaciones entre Venezuela y la Nueva Granada comenzaron el 9 de diciembre de 1833 y culminaron el 14 de diciembre del mismo año.
Disposiciones
Con relación al aspecto fronterizo entre ambos países, el artículo 27 del llamado Tratado Michelena-Pombo especificaba lo siguiente: la línea limítrofe comenzaría en el cabo de Chivacoa, en la costa del Atlántico y, siguiendo la línea Chivacoa-teta de la Guajira dividiría la península en 2 partes, la occidental para Nueva Granada y la oriental para Venezuela; desde allí seguiría rectamente por las alturas de las montañas de Oca y las cumbres de Perijá hasta encontrar el origen del río Oro; luego, bajaría por sus aguas hasta la confluencia con el Catatumbo; seguiría por las faldas orientales de las montañas y, pasando por los ríos Tarra y Sardinata, iría rectamente a buscar la embocadura del río de La Grita en el Zulia; desde allí, por la curva reconocida como fronteriza, continuaría hacia la quebrada de Don Pedro y bajaría por este río al Táchira; por éste seguiría hasta sus cabeceras; luego por las crestas de las montañas donde nacen los ríos tributarios del Torbes y del Uribante, hasta las vertientes del Nula, continuando por sus aguas hasta el desparramadero del Sarare; de allí se dirigiría al sur a buscar la laguna de Sarare y, rodeándola por la parte oriental, seguiría con el derrame de sus aguas al río Arauquita; por éste, continuaría al Arauca y por las aguas de éste, al paso del Viento; desde este rectamente, a pasar por la parte más occidental de la laguna del Término y de allí, al Apostadero sobre el río Meta; finalmente, continuaría su dirección norte-sur, hasta encontrar la frontera del Brasil.
Proceso de ratificación y rechazo
De acuerdo con la opinión de algunos historiadores, es posible que Santos Michelena estuviera asesorado en materia limítrofe por el militar y geógrafo Agustín Codazzi. Aprobado por el Congreso neogranadino en 1834, el Tratado Michelena-Pombo fue sometido a consideración por el Congreso venezolano en 1835. La Cámara de Representantes designó para estudiarlo una comisión integrada por Pedro Briceño Méndez, Manuel Felipe de Tovar y Valentín Espinal. El 7 de abril de 1835, dicha comisión rindió un informe desfavorable a la aprobación del tratado, alegando que la fijación del cabo de Chichivacoa como principio de la línea fronteriza le hacía perder a Venezuela 62 millas de costa que medían de ese punto al Cabo de La Vela; al mismo tiempo, sostenía la comisión que el territorio de la Guajira pudo haberse dividido en partes iguales entre los 2 países y que finalmente, en el trazado hacia el sur, cuando se hablaba de la curva que debía seguirse desde la desembocadura del río de La Grita en el Zulia hasta la quebrada de Don Pedro, debían comprenderse tierras como el territorio de San Faustino. No obstante, las modificaciones sugeridas por el cuerpo legislativo venezolano al Tratado Michelena-Pombo no encontraron eco en la vecina República donde se mantenía el principio de la aprobación del texto original tal como se había negociado y ratificado por el Congreso neogranadino.
Hasta 1840, el Ejecutivo venezolano insistió en que el Congreso volviese a examinar el Tratado con Nueva Granada. En tal sentido, en 1842 se reiniciaron en Caracas negociaciones entre Nueva Granada y Venezuela para crear un nuevo Tratado de amistad, comercio y navegación entre ambos países, el cual debía ser firmado el 23 de julio de este mismo año. Finalmente, el Congreso venezolano aprobó un nuevo tratado el 29 de abril de 1843. No obstante, la resolución del problema del trazado fronterizo quedó aplazada.
Véase también
Referencias
- ↑ Venezuela Tuya. Texto original
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