- Villa de Guadalupe Hidalgo
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Villa de Guadalupe Hidalgo
Se le conoció primero como Prefectura de la Villa de Guadalupe de Hidalgo, pero en el decreto del 6 de mayo de 1861, se le confirió a Guadalupe Hidalgo la calidad de cabecera de partido, tomando como modelo la legislación francesa, con un prefecto a la cabeza, nombrado y removido por el antiguo Gobernador del Distrito Federal.
El 5 de mayo de 1862, el Gobernador Anastasio Parrodi hace la división municipal de cada partido, figurando con el mismo carácter Guadalupe Hidalgo como cabecera y Azcapotzalco. Al frente del partido estaba un prefecto nato del ayuntamiento que era además el Jefe de la Policía. En 1865, ya con el régimen imperial Guadalupe Hidalgo fue municipio integrado por un Ayuntamiento a la cabeza del cual estaba el Alcalde, ya que el Distrito estuvo en manos de un Subprefecto, designado por el Prefecto, que era la autoridad máxima del Departamento.
El 16 de diciembre de 1899, el Distrito Federal comprendía entre su división territorial a Guadalupe Hidalgo como Prefectura con las Municipalidades de Guadalupe Hidalgo e Iztacalco. Posteriormente la Ley de Organización Política y Municipal del 23 de marzo de 1903 estableció que el Distrito Federal formaría parte de la Federación y se dividió en trece Municipalidades de acuerdo a las disposiciones dictadas por el H. Congreso de la Unión.
El Presidente de la República como titular del Ejecutivo Federal asumió en ese tiempo el Gobierno del Distrito Federal, presidió el Consejo Superior de Seguridad y la Dirección de Obras Públicas, conservando los Ayuntamientos y en lo administrativo, sus funciones políticas, las de tipo consultivo y de vigilancia. La Constitución del 5 de febrero de 1917 dio facultades al Congreso de la Unión para legislar todo lo relativo al Distrito Federal, el cual quedó dividido en Municipalidades con Ayuntamientos de elección popular directa y su gobierno quedó a cargo de un Gobernador nombrado y removido libremente por el Presidente de la República.
En las reformas del artículo 73 Fracción VI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos del 28 de agosto de 1928 suprimió el régimen Municipal; encomendando al Gobierno de la entidad directamente al Presidente de la República y quien lo ejercería por conducto del órgano que determinara la nueva Ley Orgánica. El 31 de diciembre de 1928, el Congreso de la Unión promulga la nueva Ley Orgánica del Distrito y de los Territorios Federales, que nombra al órgano de Gobierno del Distrito Federal, como Departamento del Distrito Federal integrado por las Municipalidades de México, Tacubaya, Mixcoac, Tacuba y trece Delegaciones: Guadalupe Hidalgo, Azcapotzalco, Iztacalco, Coyoacán, General Anaya, San Ángel, La Magdalena Contreras, Cuajimalpa, Tlalpan, Iztapalapa, Xochimilco, Milpa Alta y Tláhuac.
Categoría: Colonias de la Ciudad de México
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