- Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado
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El Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado es el cuerpo de funcionarios de la Administración Pública de España que realiza las funciones de dirección, supervisión y puesta en práctica de las distintas políticas públicas.
Creado en la década de los sesenta, en 1964 concretamente, mediante la fusión de los Cuerpos Técnicos de los distintos Ministerios, recibió, inicialmente, la denominación de Cuerpo de Técnicos de la Administración Civil del Estado, por lo que se les conoce también por las iniciales de su antigua denominación (TAC). Con la entrada en vigor de la Ley para la Reforma de la Función Pública, en 1984, adquirió su denominación actual, fusionándose con el antiguo Cuerpo de Técnicos de Información y Turismo.
El Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado (o TACs), es un Cuerpo constituido por funcionarios especialmente preparados para la realización de las tareas directivas de los distintos Servicios y Unidades de la Administración pública, tanto en su vertiente ejecutiva como en la de asesoramiento. Se caracteriza por su carácter pluridisciplinar, al estar integrado por profesionales con distinta formación de base (juristas, economistas, licenciados en ciencias políticas, ingenieros, sociólogos, médicos, etc.), seleccionados de forma rigurosa y que mantienen un exigente sistema de formación continuada. Ello hace que sean un cuerpo de funcionarios de la Administración General del Estado especialmente capacitados para dirigir la gestión de los asuntos públicos, en sus distintos ámbitos. En su trabajo, coordinan la acción de los distintos Cuerpos de funcionarios de carácter especializado y dotan a la Administración pública española de un entramado común que facilita la articulación de sus distintos sectores.
Mayoritarios en lo que se conoce como "servicios comunes" de la Administración (Secretarías Generales Técnicas, Direcciones Generales de Servicios, Secretarías Generales de Organismos Públicos, etc.), ocupan también puestos de dirección y coordinación en las distintas áreas sectoriales especializadas de la Administración General del Estado, incluyendo la Administración en el Exterior.
En un Estado fuertemente descentralizado como es España, las Comunidades Autónomas que lo integran han seguido, en la estructuración de su función pública, el modelo de la Administración del Estado, habiéndose dotado también de sus "Cuerpos Superiores de Administración" (o denominaciones similares), de carácter directivo, fuertemente inspirados en el Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.
Véase también
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