- Decocción
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Se llama cocimiento o decocción a la bebida medicinal hecha de vegetales u otras sustancias tras haber sido hervidas.
La decoccion supone necesariamente un hervor seguido y esto es lo que la diferencia de la infusión. El objeto de la decoccion es disolver las sustancias de un cuerpo y extenderlas en un vehículo conveniente.
Solo se deben poner en decocción las sustancias que al grado de calor necesario para hervir no dejan evaporar sus partes esencialmente medicinales. Por consiguiente las sustancias aromáticas, las que contienen principios volátiles, de ordinario exigen únicamente infusión, y por lo común la infusión al baño maría.
Cuanto más duras y compactas son las sustancias medicinales, tanto más tiempo necesitan estar hirviendo. Cuando se han de cocer, por ejemplo, muchas sustancias vegetales en un mismo agua, conviene principiar por las más duras, tales como los leños, después las cortezas, las raíces, las semillas y las hierbas. Las sustancias animales que no contienen nada volátil se han de poner las primeras, por ejemplo, la ternera, el pollo, la víbora. Las demás materias animales que se cuecen con facilidad, como los cangrejos, deben cocer menos tiempo y las flores nunca han de hervir. Terminada la cocción se añaden las sustancias dulces.
Referencias
Diccionario universal de agricultura teórica, Juan Álvarez Guerra, 1799
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