Servicio Penitenciario Federal Argentino

Servicio Penitenciario Federal Argentino

El Servicio Penitenciario Federal Argentino es una fuerza de seguridad de la Nación cuya misión consiste en la custodia y guarda de las personas procesadas por la Justicia Penal, y a la ejecución de las sanciones penales privativas de libertad de las personas condenadas, de acuerdo con las disposiciones legales y reglamentarias en vigencia.

Su estructura se compone principalmente por una Dirección Nacional y una Subdirección Nacional, cargos que son la cabeza máxima de la Institución, y tres Direcciones Generales (de Cuerpo Penitenciario, de Régimen Correccional y de Administración).

El Servicio Penitenciario Federal depende del Poder Ejecutivo Nacional por intermedio del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos. La Dirección Nacional es el organismo técnico responsable de la conducción de todo el Servicio Penitenciario Federal, tiene a su cargo los institutos, organismos y servicios destinados a la custodia y guarda de los procesados y a la readaptación social de los condenados a sanciones penales privativas y restrictivas de libertad en el territorio de la Capital Federal y de las provincias, dentro de la Jurisdicción del Gobierno de la Nación, y también el traslado de los internos de conformidad a las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes.

Contenido

Funciones

Entre las diversas funciones del Director Nacional se destacan:

• Velar por la seguridad y custodia de las personas sometidas a proceso procurando que el régimen carcelario contribuya a preservar o mejorar sus condiciones morales, su educación y su salud física y mental, para ello los recursos físicos (materiales, edificios, vehículos, etc.) y los humanos (personal) desempeñan un papel importante;

• Promover la readaptación social de los condenados a sanciones privativas de libertad. Implica desarrollar planes de acción, programas de tratamiento y otras actividades;

• Participar en la asistencia postpenitenciaria, es decir de las personas que recuperan su libertad, luego de haber cumplido su condena.

• Producir dictámenes criminológicos para las autoridades judiciales y administrativas sobre la personalidad de los internos, en los casos que legal o reglamentariamente corresponda. Intervienen diversas areas (divisiones) del Servicio, tales como Criminología, Educación, Trabajo, entre otras.

• Asesorar al Poder Ejecutivo Nacional en todo asunto que se relacione con la política penitenciaria. Diseño y planeamiento de nuevos institutos, planes, programas de tratamiento;

• Cooperar con otros organismos en la elaboración de una política de prevención de la criminalidad;

• Contribuir al estudio de las reformas de la legislación vinculada a la defensa social;

• Asesorar en materia de su competencia a otros organismos de jurisdicción Nacional o provincial.


  Las principales atribuciones de la Dirección Nacional son:

• Organizar, dirigir y administrar al Servicio penitenciario Federal, de acuerdo a las normas de la Ley Penitenciaria Nacional, complementaria del Código Penal, y a las disposiciones legales y reglamentarias que regulen el régimen carcelario de las personas sometidas al proceso judicial;

• Atender a la formación y perfeccionamiento del personal penitenciario. La capacitación es fundamental para el ejercicio de las funciones del personal;

• Propiciar el egreso anticipado de los internos en casos debidamente justificados, mediante indultos o conmutación de pena;

• Admitir en sus establecimientos a condenados de jurisdicción provincial comprendidos en los artículos 18 y 53 del Código Penal de la Nación;

• Participar en los congresos, actos y conferencias de carácter penitenciario, criminológico y de materias afines, organizando y auspiciando los mismos en el País. Se fomenta el intercambio de ideas, opiniones y experiencias.

• Propiciar la creación de establecimientos penitenciarios regionales según las necesidades;

• Auspiciar convenios con las provincias en materia de organización carcelaria y régimen de la pena.

• Requerir o intercambiar con las administraciones penitenciarias provinciales, informaciones y datos de carácter técnico y científico;

• Organizar las conferencias penitenciarias nacionales;

• Llevar la estadística penitenciaria nacional;

• Mantener un centro de información sobre las instituciones oficiales y privadas de asistencia postpenitenciaria;

• Facilitar la formación y perfeccionamiento del personal penitenciario de las provincias y de otros países, mediante el intercambio de funcionarios o becas de estudios;

• Propiciar y mantener intercambio técnico y científico con instituciones similares y afines, nacionales y extranjeras;

• Fijar la retribución de los internos en sus distintas categorías, conforme a los porcentajes que se reglamenten; Se denomina peculio a la retribución de los internos.

Dirección

Está constituida por: el Director Nacional y el Subdirector Nacional ; el Consejo de Planificación y Coordinación (órgano asesor); tres Direcciones Generales: la Dirección General del Cuerpo Penitenciario; la Dirección General de Régimen Correccional y la Dirección General de Administración; Los Organismos con dependencia directa son: Dirección de Trabajo y Producción; Dirección de Obra Social; Dirección de Secretaría General; y Dirección de Auditoría General. A su vez cuenta con el Departamento de Inteligencia Penitenciaria con competencia exclusiva.

El Consejo de Planificación y Coordinación se compone por el Director Nacional, el Subdirector Nacional y por dos Inspectores Generales, en actividad o en retiro; en este caso, con no más de dos años de revistar en esa situación. Son designados por el Poder Ejecutivo Nacional, a propuesta de la Dirección Nacional

Las Direcciones Generales del Cuerpo Penitenciario, de Régimen Correccional y de Administración, son ejercidas por Inspectores Generales.

Las Direcciones de los restantes organismos con dependencia directa son ejercidas por Oficiales Superiores de la Institución , todos ellos designados por el Director Nacional.

Competencias

• Director Nacional: Conducir operativa y administrativamente al Servicio Penitenciario Federal y ejercer el contralor e inspección de todos los instituto s y servicios por intermedio de los organismos mencionados con dependencia directa; asumir la representación de la Institución y dictar los reglamentos internos de los instituto s y servicios de su dependencia.

• Subdirector Nacional le compete como inmediato y principal colaborador del Director Nacional en todos los asuntos inherentes a la gestión institucional, cumplir las funciones que éste le encomiende, reemplazándolo en su ausencia, enfermedad o delegación, con todas las obligaciones y facultades que corresponden al titular. A su vez esta a cargo de los Departamentos de Informática Penitenciaria y de Estudios y Proyectos.

• El Consejo de Planificación y Coordinación le compete el orientar y conducir los esfuerzos de la Institución a fin de lograr un mejor servicio y un mayor aprovechamiento de las posibilidades que ésta puede brindar, a través de una acción permanente de coordinación y planificación y fiscalizar el cumplimiento de las órdenes y directivas que se impartan. (actualmente se encuentra vacante)

  • La Dirección General del Cuerpo Penitenciario: le compete todo lo relativo al reclutamiento, capacitación profesional y situación de revista del personal y la seguridad de los instituto s y servicios. Se encuentran bajo su dependencia la Jefatura de Región y los establecimientos y servicios en todos los aspectos relacionados directamente con la materia de su competencia.
  • La Dirección General de Régimen Correccional: le compete la organización, orientación y fiscalización del régimen y tratamiento aplicable a los internos condenados, procesados y detenidos de conformidad a las disposiciones legales y reglamentarias. Se encuentran bajo su dependencia los instituto s y servicios en todos los aspectos directamente relacionados con la materia de su competencia, y el Instituto de Criminología, el que entenderá en todo lo relacionado con las tareas inherentes a los períodos de la progresividad del régimen penitenciario previstos en la Ley de Ejecución de las Penas Privativas de la Libertad , de los Condenados alojados en el área de la Capital Federal y Gran Buenos Aires.
  • La Dirección General de Administración: le compete administrar los bienes de la Institución y el cumplimiento del régimen financiero, conforme a las normas legales y reglamentarias. A través de sus organismos se cumplen las funciones de: contabilidad, suministros y abastecimiento, remuneraciones, tesorería y demás vinculadas con la materia.

- Organismos con dependencia directa del Director Nacional:

• Dirección de Trabajo y Producción: le compete el cumplimiento de las normas referidas al trabajo de los internos, así como los proyectos, estudios y mantenimiento de los edificios, las instalaciones y maquinarias, la comercialización y venta de la producción, la enseñanza técnica y el estudio de mercado.

• Dirección de Obra Social: le compete atender al bienestar de los integrantes de la Institución y de sus familias. Proporciona la cobertura médica y asistencia del todo el personal y sus familiares.

• Dirección de Secretaría General: le compete el registro del movimiento de las actuaciones administrativas de la Dirección Nacional ; los asuntos que no correspondan específicamente a otros organismos, la edición de los boletines penitenciarios, la seguridad y mantenimiento de la sede de la Dirección Nacional y los sistemas de comunicación. También las relaciones de Prensa y Difusión, el Ceremonial y protocolo, y Relaciones Públicas.

• Dirección de Auditoría General: le compete asesorar, representar y asistir jurídicamente a la Dirección Nacional y al personal, registrar, coordinar y mantener actualizadas las normas legales referentes al Servicio Penitenciario Federal y materias afines. PERSONAL PENITENCIARIO

   La misión de los agentes penitenciarios comprende la realización de las funciones de 

seguridad y defensa asignadas a la Dirección Nacional del Servicio Penitenciario Federal. Tienen las facultades y atribuciones correspondientes a su calidad de depositario de la fuerza pública, de acuerdo a su Ley Orgánica y a los reglamentos que le conciernen.

   Entre sus obligaciones se destacan:

• Prestar personalmente el servicio que corresponde a la función que les fuera asignada con la eficiencia, dedicación, capacidad y diligencia que aquella reclame, en cualquier lugar del país donde fueren destinados;

• Someterse al régimen disciplinario;

• Observar para con las personas confiadas a su custodia y cuidado un trato firme, pero digno y respetuoso de los derechos humanos;

• observar en el servicio y fuera de él una conducta decorosa;

• Seguir los cursos de capacitación, preparación, perfeccionamiento, información y especialización que se dicten y someterse a las pruebas de idoneidad y competencia que se determine;

• Declarar bajo juramento su situación patrimonial y modificaciones ulteriores;

• Encuadrarse en las disposiciones sobre incompatibilidad y acumulación de cargos;

• Promover las acciones judiciales o administrativas que correspondan cuando fuere objeto de imputaciones delictuosas o que afecten su buen nombre y honor;

• No hacer abandono del cargo;

• Conocer las leyes, reglamentos y disposiciones permanentes del servicio en general y, en particular, las relacionadas con la función que desempeña.

Escalafones

I.- Escalafón Cuerpo General:

  • Personal Superior: Desempeña funciones de conducción, organización, supervisión y ejecución en las áreas de la seguridad y técnica penitenciaria, del tratamiento de los internos, y las relacionadas a la inteligencia, al apoyo aéreo y a las comunicaciones de la Institución.
  • Personal Subalterno: Desempeña funciones ejecutivas y subordinadas propias del personal comprendido en el Escalafón Cuerpo General.

II.-Escalafón Administrativo:

  • Personal Superior: Desempeña funciones administrativas especializadas en el orden presupuestario, contable, económico, financiero y patrimonial.

III.- Escalafón Profesional:

  • Personal Superior: Desempeña funciones científicas, docentes, asistenciales y de asesoramiento técnico, que requieran título habilitante universitario, secundario o especial.

Se subdivide en los siguientes subescalafones :

a) Criminología: Comprende a los médicos, psiquiatras y abogados con versación criminológica; psicólogos y sociólogos afectados a los servicios de observación, clasificación y orientación criminológica del tratamiento penitenciario;

b) Sanidad: Comprende a los facultativos afectados a los servicios de medicina psicosomática preventiva y asistencial y profesionales afines (médicos, odontólogos, farmacéuticos, bioquímicos, psicólogos, psiquiatras, etc,);

c) Servicio Social: Comprende a los asistentes sociales diplomados, afectados a los servicios de asistencia penitenciaria y postpenitenciaria;

d) Jurídico: Comprende a los abogados y procuradores afectados a los servicios de asesoramiento, representación y asistencia técnico jurídica;

e) Docente: Comprende a los maestros, bibliotecarios y profesores afectados a los servicios de educación correccional;

f) Clero: Comprende a los capellanes afectados a los servicios de asistencia espiritual;

g) Trabajo: Comprende a los ingenieros, veterinarios y otros profesionales, así como a los técnicos industriales y agrónomos y otros con título habilitante a nivel secundario de enseñanza agrícola o industrial, encargados de planificar y dirigir el trabajo penitenciario;

h) Construcciones: Comprende a los ingenieros, arquitectos, maestros mayores de obra y otros profesionales, encargados de organizar, proyectar y dirigir las construcciones;

  • Personal Subalterno: Colabora en la realización de las funciones propias del personal

comprendido en el Escalafón Profesional. Se subdivide en los siguientes subescalafones:

a) Subprofesional: Comprende al personal que colabora en la realización de los servicios propios de los subescalafones del Escalafón Profesional;

b) Maestranza: Comprende al personal afectado a la realización de actividades laborales y a la enseñanza de los internos.

IV.- Escalafón Auxiliar:

  • Personal Subalterno: Desempeña las funciones auxiliares que se requieran para la realización de la misión específica asignada a los escalafones Cuerpo General, Administrativo y Profesional. Se subdivide en los siguientes subescalafones:

a) Oficinista : Comprende al personal necesario para la realización de tareas de oficina;

b) Intendencia : comprende al personal de choferes, motoristas, mayordomos, mozos, ordenanzas y en general a todo el personal de servicio

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