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Bureo
El bureo (del francés bureau) era, en el antiguo régimen, el tribunal de justicia encargado de dirimir los litigios en los que estuvieran involucrados los empleados de la casa real española, a quienes no alcanzaba la justicia ordinaria sino en ciertos casos. Se ocupaba también de la provisión y economía de la casa.
El tribunal estaba presidido por el mayordomo mayor del rey, y participaban también el caballerizo mayor, el sumiller de Corps, el mayordomo de semana, el tesorero de la casa, el contralor y el grefier. Los tres primeros, como jefes de la casa real, tenían autoridad para resolver las faltas leves cometidas por la servidumbre de la casa; los casos graves eran remitidos a la junta del bureo, donde ambos tres estaban representados por otros tantos jueces, miembros del Consejo de Castilla, nombrados por el rey a propuesta de los jefes.
Ningún juez ordinario podía conocer en causas civiles ni criminales en las que estuvieran acusados los miembros de la servidumbre real, salvo en caso de amancebamiento, resistencia a la justicia, ventas, reventas y tiendas, uso de armas prohibidas, desafíos, juegos prohibidos, contrabando, o uso de máscaras y disfraces. En estos casos, la justicia ordinaria debería dar parte al jefe del acusado.
Fue instituído en la Baja Edad Media, cuando la casa de Borgoña entró a formar parte de la casa real española, y estuvo vigente hasta su abolición por la constitución de 1812, en la que se eliminaron los tribunales especiales (a excepción del eclesiástico y militar).[1] En 1749 Fernando VI dispuso que fueran cinco los jueces togados que formasen la junta del bureo.[2] Los individuos de la Academia de la lengua y los dependientes de la Biblioteca Real también gozaron de esta preeminencia.[3]
Fuentes
- Ramón Lázaro de Dou y de Bassols: Instituciones del derecho público general de España, vol. II, págs. 340-344.
- Lorenzo Arrazola: Enciclopedia española de derecho y administración, vol. 6, págs. 729-730.
- José Marcos Gutiérrez: Práctica criminal de España, págs. 90-91.
- Referencias
- ↑ Constitución española de 1812, art. 248, 249 y 250.
- ↑ Novísima Recopilación: libro iii, tít. xii, ley i.
- ↑ Novísima Recopilación: libro viii, tít. xix, ley ii.
Categoría: Antiguo Régimen
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