- Coaseguro
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El coaseguro es un contrato de seguros suscrito de una parte por el asegurado y de otra parte, por varios aseguradores que asumen con entera independencia, los unos de otros, la obligación de responder separadamente de la parte del riesgo que les corresponda.
Es factible que un asegurador no pueda responder financieramente de la totalidad de un riesgo por no traspasar sus plenos y es cuando aparece la figura del coaseguro, en virtud del cual son varios los aseguradores que intervienen independientemente en el seguro.
Resumen
- Existen varios aseguradores.
- La distribución de las empresas aseguradoras las hace el asegurado.
- La pérdida es a cargo de varios aseguradores (individualmente).
- Existe una relación directa entre el asegurado (cliente) y los aseguradores.
Además de la definición anterior, en algunos países como México, la palabra Coseguro es una figura del Derecho de los Seguros aplicable a los contratos de Gastos Médicos Mayores. Se define como el porcentaje que corresponde pagar al Asegurado de la pérdida ocasionada por el siniestro. La aplicación de la figura del Coseguro busca que el Asegurado utilice Hospitales y Médicos cuyo cobro de Honorarios sea el adecuado para recuperar la salud y evitar los gastos en exceso. Generalmente el importe del Coseguro puede ser pactado con la Aseguradora bajo la siguiente regla: A mayor importe de la prima menor es el importe del Coseguro y a menor importe de la prima mayor es el importe del Coseguro. Usualmente el Coseguro es cobrado por el Hospital al momento de la salida del paciente y acredita el pago al adeudo de la Aseguradora. Coseguro y Deducible pueden aplicar en un siniestro de Gastos Médicos Mayores.
Para las pólizas de Todo Riesgo que amparan activos de las empresas, o bienes en general, el Coaseguro no es más que la relación que guarda el valor asegurado y el valor íntegro del interés asegurable, por ejemplo: aseguramos un edificio en $.1,000,000.00 pero hacerlo de nuevo (al momento del siniestro)cuesta $.4,000,000.00, solamente hemos asegurado un 25% del mismo y tenemos un coaseguro del 75%. Esto implica que solamente tenemos derecho de recibir de la Aseguradora un 25% de nuestras pérdidas parciales o la suma asegurada en caso de una pérdida total.
Véase también
- Seguro, Reaseguro
Categorías:- Derecho mercantil
- Contratos
- Seguros de automóvil
- Aseguradoras de España
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