- Código de Hammurabi
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El Código de Hammurabi, creado en el año 1760 a. C. (según la cronología media), es uno de los conjuntos de leyes más antiguos que se han encontrado y uno de los ejemplares mejor conservados de este tipo de documento creados en la antigua Mesopotamia y en breves términos se basa en la aplicación de la ley del Talión a casos concretos.
Entre otras recopilaciones de leyes se encuentran el Códice de Ur-Nammu, rey de Ur (ca. 2050 a. C.), el Códice de Eshnunna (ca. 1930 a. C.) y el Códice de Lipit-Ishtar de Isín (ca. 1870 a. C.). Ellos también crearon leyes como la 205 que se trataba de que si el esclavo de un hombre golpea en la mejilla al hijo de un hombre, que le corten una oreja.
A menudo se lo señala como el primer ejemplo del concepto jurídico de que algunas leyes son tan fundamentales que ni un rey tiene la capacidad de cambiarlas. Las leyes, escritas en piedra, eran inmutables. Este concepto pervive en la mayoría de los sistemas jurídicos modernos.
Estas leyes, al igual que sucede con casi todos los códigos en la Antigüedad, son consideradas de origen divino, como representa la imagen tallada en lo alto de la estela, donde el dios Shamash, el dios de la Justicia, entrega las leyes al rey Hammurabi. De hecho, anteriormente la administración de justicia recaía en los sacerdotes, que a partir de Hammurabi pierden este poder. Por otra parte, conseguía unificar criterios, evitando la excesiva subjetividad de cada juez.
Contenido
Historia
El rey de Babilonia Hammurabi (1722-1686 a. C. según la cronología breve o 1792-1750 a. C. según la cronología media) pensó que el conjunto de leyes de su territorio tenía que escribirse para complacer a sus dioses. A diferencia de muchos reyes anteriores y contemporáneos, no se consideraba emparentado con ninguna deidad, aunque él mismo se llama «el favorito de las diosas».
El Código de Hammurabi fue tallado en un bloque de basalto de unos 2,50 m de altura por 1,90 m de base y colocado en el templo de Sippar; asimismo se colocaron otros ejemplares similares a lo largo y ancho del reino. El objeto de este código era homogeneizar jurídicamente el reino de Hammurabi. Dando a todas las partes del reino una legislación común, se podría controlar al conjunto con mayor facilidad.
Durante las diferentes invasiones de Babilonia, el código fue trasladado, hacia el 1200 a. C., a la ciudad de Susa (en Elam), actualmente en el Juzestán (Irán). En esta ciudad fue descubierto por la expedición que dirigió Jacques de Morgan, en diciembre de 1901. Fue llevado a París, Francia, donde el padre Jean-Vincent Scheil tradujo el código al francés. Posteriormente, el código se instaló en el Museo del Louvre, en París, donde se encuentra en la actualidad.
Aspecto
El Código de Hammurabi está grabado en una estela de diorita de 2,25 metros de altura. En la zona superior está representado Hammurabi en bajorrelieve, de pie, delante del dios del Sol de Mesopotamia, Shamash, el principal de la ciudad sumeria de Larsa. Debajo aparecen, inscritos en caracteres cuneiformes acadios, las leyes que regían la vida cotidiana.
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Véase también: Anexo:Lista de leyes del Código de HammurabiLas leyes del Código de Hammurabi (numeradas del 1 al 282, aunque faltan los números 13, 66–99 y 110–111) están escritas en babilonio antiguo y fijan diversas reglas de la vida cotidiana. Norman particularmente:
- La jerarquización de la sociedad: existen tres grupos, los hombres libres o "awilum", los "mushkenum" (quienes se especula podrían ser siervos o subalternos) y los esclavos o "wardum".
- Los precios: los honorarios de los médicos varían según se atienda a un hombre libre o a un esclavo.
- Los salarios: varían según la naturaleza de los trabajos realizados.
- La responsabilidad profesional: un arquitecto que haya construido una casa que se desplome sobre sus ocupantes y les haya causado la muerte es condenado a la pena de muerte.
- El funcionamiento judicial: la justicia la imparten los tribunales y se puede apelar al rey; los fallos se deben plasmar por escrito.
- Las penas: aparece inscrita una escala de penas según los delitos y crímenes cometidos. La base de esta escala es la Ley del Talión.
Se tratan también el robo, la actividad agrícola (o pecuaria), el daño a la propiedad, los derechos de la mujer, los derechos en el matrimonio, los derechos de los menores, los derechos de los esclavos, homicidio, muerte y lesiones. El castigo varía según el tipo de delincuente y de víctima.
Las leyes no admiten excusas ni explicaciones en caso de errores o faltas; el Código se ponía a la vista de todos, de modo que nadie pudiera alegar ignorancia de la ley como pretexto. Cabe recordar, sin embargo, que eran pocos (escribas en su mayoría) los que sabían leer y escribir en aquella época.
Juicios sobre el código
Aunque el código sea la inspiración del «ojo por ojo, diente por diente» tiene artículos también muy alejados de ese concepto. Los artículos que constituyen el primer ejemplo de la llamada Ley del Talión son el 196 (el ojo), el 197 (el hueso) y el 200 (el diente). También pueden formar parte de este "revanchismo legal" los artículos 1, 2, 3 y, hasta cierto punto, el 21 y el 25. El resto establece indemnizaciones o penas graves, girando al rededor de temas distintos al "te hago lo que me hiciste". El código está inspirado por un alto sentimiento de orden. Las reglas de los contratos son todavía las establecidas por los sumerios. Se fija la responsabilidad mutua del amo y el obrero. Este tiene que recibir un salario mínimo y gozar de tres días de vacaciones cada mes. El Código es una simple recopilación de leyes sumerias, hecha por un rey, Hammurabi, sexto de los reyes de la primera dinastía babilónica, amorreo y semita aunque no sumerio. Hay bases para suponer préstamo directo de los babilonios a los hebreos, como las hay para ver inspiraciones en este Código por parte de la propia Roma. El código no debe dar la impresión negativa y simplista de la Ley del Talión. Entre otras cosas porque contribuye a mirar a los sumerios y babilonios (la Sumeria semita) como auténticos salvajes, cuando éstos son los asirios, que vinieron bastante después (Nínive), según los juzga la historia.
Comparación con la ley mosaica
Alguna partes de la Ley Mosaica son similares a ciertas leyes del Código de Hammurabi, por lo que algunos estudiosos han afirmado que los hebreos derivaron su derecho del babilonio. Otros especialistas difieren:
No hay bases para suponer préstamo directo alguno de los babilonios a los hebreos. Aunque ambos conjuntos de leyes difieran poco en la letra, difieren mucho en el espíritu.
Thomas (1958)Se presentan a continuación algunos ejemplos de las diferencias:
Código de Hammurabi Ley mosaica Pena de muerte por hurto de propiedad del templo y el palacio o por recibir bienes robados (Ley 6) Se castiga al ladrón resarciendo a la víctima (Éx. 22.1-9) Muerte por ayudar a un esclavo a escapar o por refugiar a un esclavo fugitivo (Ley 15, 16) "No entregarás a su señor el siervo que huye de él y acude a ti." (Deut. 23.15) Si una casa mal hecha causa la muerte de un hijo del dueño de la casa, la falta se paga con la muerte del hijo del constructor (Ley 230) "Los padres no morirán por los hijos ni los hijos por los padres." (Deut. 24.16). "Y el que causare lesión en su prójimo, según hizo, así le sea hecho: rotura por rotura, ojo por ojo, diente por diente; según la lesión que haya hecho a otro, tal se hará a él. (Lev. 24.19) Mero exilio por incesto: "Si un señor hombre de alto rango se ayuntare con su hija, harán salir a tal señor de la ciudad." (Ley 154) Pena de muerte por incesto (Lev. 18.6, 29) Distinciones de clases: penas duras para quien lesione al miembro de una casta superior. Penas leves para quien lesione a miembros de una casta inferior (Ley 196–205) No cometerás injusticia en los juicios, ni favoreciendo al pobre ni complaciendo al grande (Lev. 19.15). Si un hombre hiere a su esclavo o a su esclava con un palo y los mata, será reo de crimen. Pero si sobreviven uno o dos días no se le culpará porque le pertenecían (Éxodo 21. 20). Véase también
- Lista de leyes del Código de Hammurabi
- Ley del Talión
- Quid pro quo
- Leyes de Manu
- De los delitos y las penas (ensayo)
- Halajá
Bibliografía
En castellano
- Código de Hammurabi. México: Cárdenas Editor y Distribuidor, 1992.
- Lara, F.: Código de Hammurabi. Madrid: Editora Nacional, 1982.
- Sanmartín, J.: Códigos legales de tradición babilónica. Barcelona, 1999.
- "Código de Hammurabi", Horacio N. Castro Dassen - Carlos A. González Sánchez. Cooperadora de Derecho y Ciencias Sociales. Buenos Aires, 1966.
- "Regulación de la vivienda en el Código de Hammurabi". Felipe Espilez Murciano. Revista Ciudad y Territorio. Estudios territoriales, Madrid, 2009.
En otras lenguas
- Falkenstein, A.: Die neusumerischen Gerichtsurkunden I–III. *Kohler, J., y J. E. Peiser: Aus dem Babylonischen Rechtsleben. Leipzig, 1890.
- Oppert & Menant: Documents juridiques de l'Assyrie et de la Chaldee. París, 1877.
- D. Winton, ed.: Documents from Old Testament Times. Londres y Nueva York, 1958.
Enlaces externos
- Wikimedia Commons alberga contenido multimedia sobre Código de Hammurabi. Commons
- Wikisource contiene el documento histórico Código de Hammurabi.Wikisource
- Código de Hammurabi, en angala
- Texto del Código de Hammurabi, en thales.
- Código de Hammurabi en el Proyecto Clío.
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