- Cuestión de inconstitucionalidad (España)
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Cuestión de inconstitucionalidad (España)
Contenido
Cuestión de Inconstitucionalidad de España
Regulado por el art. 163. de la Constitución, En este procedimiento se comprueba a solicitud de un juez, si la ley a aplicar en un procedimiento judicial se ajusta a la constitución o no.
Inicio
Cuando un juez o tribunal de oficio o a instancia considera que una norma con rango de ley y que de cuya validez dependa el fallo, puede ser contrario a la Constitución , debe plantear la cuestión ante el Tribunal Constitucional
Plazo
Solo podrá plantear la cuestión una vez concluido el procedimiento antes de dictar sentencia, indicando y justificando en qué medida la decisión depende de la constitucionalidad del precepto.
Procedimiento
Se notificara a las partes y al Ministerios Fiscal para que en plazo de 10 días presenten las alegaciones pertinentes. El Tribunal podrá rechazar la cuestión cuando sea infundado y de forma motivada. Si se admite se dará traslado de la Cuestión, al Congreso y al Senado, al Fiscal General del Estado, al Gobierno a través del Ministerio de Justicia, ya las Comunidades Autónomas que podrán personarse y formular alegaciones en el plazo de 15 días.
Sentencias
Tendrán el valor de cosa juzgada, vinculará a los poderes públicos y tiene efectos desde que se publique en el BOE.
- Desestimatoria, impide que posteriormente se presente recursos sobre el mismo precepto, fundado en la misma infracción de idéntico precepto constitucional.(Art. 38 LOTC)
- Estimatoria, la sentencia declara inconstitucional el precepto, declara la nulidad de los preceptos impugnados, así como, en su caso, la de aquellos otros de la misma Ley, disposición o acto con fuerza de Ley a los que deba extenderse por conexión o consecuencia. (Art. 39 LOTC)
Categorías: Acciones y recursos constitucionales | Derecho de España
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