- Depuración del Magisterio español tras la Guerra Civil Española
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Depuración del Magisterio español tras la Guerra Civil Española
El proceso de depuración del magisterio español realizado por los sublevados en 1936 se inició prácticamente el 18 de julio de 1936, al comienzo de la Guerra Civil, pero no fue legalmente establecido hasta la publicación del decreto del 8 de noviembre de 1936. Anteriormente a la publicación del decreto, la purga fue llevada por las autoridades académicas de cada distrito universitario, siguiendo las directrices de la autoridad militar y civil de cada provincia, quienes redactaban las primeras listas de maestros sancionadas, para después hacerlas públicas en cada uno de los B.O.P. Podemos definir esta primera depuración como una purga militar, no solamente por haber sido decidida por los estamentos militares provinciales, sino porque estaba sujeta a la legislación castrense de urgencia. Posteriormente, cuando se constituye el Ministerio de Educación Nacional, la depuración entra en una segunda fase; a partir de este momento la depuración se regula por un cuerpo de leyes y normas establecidas como desarrollo del Decreto 108, y el control de la depuración pasa de las manos militares a convertirse en una competencia del Ministerio de Educación, que paulatinamente va estableciendo una serie de organismos estatales, creados específicamente para gestionar el enorme volumen de trabajo administrativo que la depuración estaba creando. Entre los organismos estatales más importantes estaban las distintas Comisiones Depuradoras Provinciales, formadas por funcionarios ya depurados del ministerio franquista.
El Decreto del 8 de noviembre requiere especial atención, ya que a partir del mismo, el proceso de depuración toma cuerpo legal, y se sientan las bases y los principios de la depuración. A través de este decreto se justifica que el magisterio durante la República estuvo en manos inapropiadas, por lo cual era necesaria una revisión de la instrucción pública, para poder extirpar las falsas doctrinas arraigadas durante este periodo. Las bibliotecas públicas y privadas también sufrieron el proceso de depuración, para el cual se constituyeron comisiones depuradoras específicas. Especialmente intensa fue la depuración que se produjo con los libros de texto escolares: periódicamente los distintos boletines provinciales hacían pública la relación de libros de texto autorizados por las autoridades educativas franquistas. La depuración afectó a todos los maestros, desde la enseñanza pública a la privada, incluyendo también a la religiosa, desde la primaria hasta la universidad, y también afectó a las Escuelas Normales.
Contenido
Historia
La depuración no sólo se practicó con los docentes en ejercicio, fueran estos funcionarios con plaza o interinos, también fue aplicada a los alumnos que cursaban sus estudios en las escuelas de formación del Magisterio, o Escuelas Normales. Todo el alumnado fue sometido a la realización de un expediente depurador, incluso los alumnos en prácticas, que ya habían terminado sus estudios en las Escuelas Normales.
La depuración fue un proceso y un filtro a través de los cuales se pretendía desmantelar toda la obra educativa republicana, caracterizada por el laicismo, la coeducación y la introducción de nuevos métodos pedagógicos. La depuración tuvo lugar tanto en el bando nacional como el bando republicano, aunque se hizo de manera similar, ya que en ambas se tenían en cuenta la ideología de los maestros, sus actuaciones políticas y sus actitudes religiosas, entre otros factores. Sin embargo, hubo diferencias significativas con respecto a las comisiones, ya que las comisiones republicanas no estaban exclusivamente constituidas por funcionarios del Ministerio de Instrucción Publica ni el proceso se hizo de manera tan centralizada como en el caso de las comisiones franquistas. Además, para estas últimas los maestros eran los absolutos responsables de la precaria situación por la que pasaba España, por ello la depuración se centró en este sector. La depuración no se llevó a cabo sólo en la guerra sino también después de la misma. Debido a esto, se la debe situar cronológicamente entre 1936 y 1945. Aunque la fecha de finalización del proceso depurador debería considerarse hasta 1956, año en el que todavía se tramitaban las solicitudes de algunos expedientes de revisión de sanciones.
Durante la República, se llevó a cabo un conjunto de reformas que tenían como objetivo mejorar la calidad del sistema educativo y dignificar las tareas docentes de los maestros, se introdujo la coeducacion, la enseñanza laica, se pusieron en marcha proyectos de modernización pedagógica, se crearon las cantinas y los comedores escolares, se dotaron los centros de gran número de bibliotecas escolares, aumento notablemente el número de escuelas. Por otro lado, la Iglesia quedó desbancada del sistema educativo, ya no era considerada como un agente socializador: en la Constitución de 1931 se estableció que España era un país aconfesional y que la escuela sería laica, con lo que se consiguió arrebatar la hegemonía de la Iglesia, en el sistema educativo, limitándose, en consecuencia su capacidad de influencia social.
Objetivos de la depuración
A los maestros se les consideraba responsables de haber inculcado en la sociedad y en las mentes juveniles el virus republicano. La depuración fue un empeño por eliminar cualquier resto de innovación pedagógica, laicismo y coeducación, puntales sobre los que el Estado Republicano había establecido el sistema educativo. La depuración alcanzó a docentes, alumnos, libros de texto y bibliotecas escolares, aunque la intención fundamental de las nuevas autoridades se dirigió a la depuración del personal docente perteneciente a la II República. Debía seleccionarse muy bien a los encargados de la educación durante el régimen franquista, profesores de absoluta solvencia moral, católica y con adhesión al nuevo Estado.
El objetivo final era que nadie pudiese ejercer la docencia sin haber sido sometido previamente a un expediente de depuración, en el cual se tuvieran en cuenta actuaciones políticas, actitudes religiosas, entre otros aspectos. La totalidad de la vida de los docentes era sometida a intensos informes donde se investigan sus actuaciones públicas, profesionales, privadas. Ningún aspecto fue dejado de lado, podemos afirmar que los expedientes de depuración, actualmente conservados en el Archivo General de la Administración son muestra del totalitarismo y el intenso control social practicado durante los primeros años de la dictadura franquista.
Todo ello se consiguió a través del establecimiento de unas comisiones depuradoras, que son objeto de estudio para conocer su funcionamiento, quiénes las constituían y qué papel tenía en el proceso depurador.
Las Comisiones depuradoras
Mediante el decreto mencionado anteriormente se crearon comisiones con carácter temporal, encargadas de realizar la depuración en los distintos sectores de todo el personal docente:
- La Comisión A, referente al personal de las Universidades,
- la Comisión B, encargada del profesorado de las Escuelas de Arquitectura e Ingeniería, y las Escuelas de Comercio
- la Comisión C, encargada del personal de los Institutos de Segunda Enseñanza, Escuelas Normales de Magisterio, Escuelas de Comercio, Escuelas de Artes y Oficios, Escuelas de Trabajo, Inspecciones de Primera Enseñanza y todo aquel personal del Ministerio de Instrucción Pública no incluido en cualquiera de las demás Comisiones Depuradoras. El plazo fijado para finalizar sus actuaciones era de un mes.
- la Comisión D, encargada de todo el personal del Magisterio, incluyendo maestros interinos y en fase de prácticas. Se fijó un plazo temporal de tres meses para que el expediente depurador se diera por concluido. En sus actuaciones, este plazo se extendió ampliamente, llegando a alcanzar más de tres años en algunos casos.
La Comisión D era de ámbito provincial, se constituía en cada capital de provincia, exceptuando a Madrid y Barcelona, a las que le correspondían dos comisiones depuradoras. Inicialmente la componían cinco miembros: el Director del Instituto de Segunda Enseñanza, un Inspector de Primera Enseñanza, el Presidente de la Asociación de Padres de Familia, y dos personas de máximo arraigo y reconocida solvencia moral y técnica, nombrados por el Gobernador Civil. Aunque con el tiempo, la composición de estas comisiones cambiaría para dar paso a representantes de la Falange y las J.O.N.S.
Además de los miembros fijos, la comisión podía contar con otras personas en el papel de colaboradores.
Referente a la cuestión de las sanciones estas quedan fijadas en la Orden del Ministerio de Educación Nacional del 11 de marzo de 1938, en la misma Orden se fijan las pautas de actuación de las comisiones de depuración y se estblece el funcionamiento de un complejo aparato administartivo que tiene como objetivo controlar y centralizar todo el proceso depurador, para así conseguir dotarlo de un caracter mas homogéneo. En el primer artículo se alude a que se crea una Oficina Técnico-administrativa, con el carácter de Sección, especialmente encargada de la tramitación de expedientes incidencias y recursos a que dé lugar la depuración del personal dependiente de este Ministerio. Posteriormente por Orden ministerial del 19 de marzo de 1939 se crea la Comisión Especial Dictaminadora, órgano, que tiene como función examinar y resolver los expedientes incoados por las comisiones depuradoras provinciales, retirándosele a la oficina técnico administrativa la competencia para formular propuestas de resolución que desde ese momento, resulta potestativo de la Comisión especial dictaminadora. La Comisión especial permanece en activo hasta que es disuelta el 30 de enero de 1942 (b.o.e del 10 de febrero), momento en el que se considera que ya han sido resueltos todos los expedientes de depuración. (La oficina técnico administrativa no será disuelta hasta el 9 de febrero de 1944, mediante una resolución publicada en el b.o.e del 2 de mayo del mismo año).
El trabajo que desempeñaban las comisiones podría clasificarse, de manera esquemática de la siguiente manera: A todos los funcionarios publicos se les obligaba a pedir su propia depuración, ya que inicialmente, desde el triunfo de la rebelión fueron separados del servicio hasta que pudiesen ser considerados aptos. Los docentes solicitaban su autodepuración pidiendo el reingreso, en la solicitud el maestro se veía obligado a explicitar con que entusiasmo había recibido el alzamiento, sus actividades y afiliación política y sindical, aspectos relativos a su vida privada y una demostración de cual iba a ser su grado de vinculación en la construcción del nuevo estado, o lo que es lo mismo, cuantas delaciones esté dispuesto a llevar a cabo. A continuación se ponía en marcha el procedimiento de apertura de expediente depurador a instancias de las comisiones depuradoras provinciales.
A las Comisiones se le otorgaba el derecho de reclamar a las distintas autoridades, además de los centros y las personas necesarias, podían pedir informes sobre la conducta profesional, particular, social y actuaciones políticas de cualquier individuo objeto de depuración. Es decir, que se les había otorgado el pleno derecho a investigar sobre las conductas, la ideología, los pensamientos y creencias de cualquier individuo que les interesara.
Según la normativa depuradora, las Comisiones debían pedir al menos cuatro informes diferentes: al Alcalde, Cura Párroco, Jefe de la Guardia Civil y a un padre de familia bien considerado, que vivieran donde estuviera ubicada la escuela e individuo objeto de investigación. Estos informes fueron la base fundamental sobre la que asentó sus bases la depuración.Pero los miembros de las comisiones también podían solicitar informes a otras instancias:comandancias de la policía, servicios de información militar, servicios técnicos y administrativos de las inspecciones educativas, particulares.Fue frecuente el empleo de la delacion para redactar cargos dirigidos contra los docentes.En algunas provincias, se deja constancia de las llamadas públicas a la delación, efectuadas a través de los distintos boletines oficiales proviciales del mes de agosto de 1936, llamadas efectuadas desde los gobiernos civiles.
- Pliegos de cargo: En el caso de que los miembros de la comisión obtuvieran suficientes pruebas contra el acusado, se procedía a formular un pliego de cargos, donde se recogían todas las acusaciones recibidas, y se les pedía información sobre la pertenencia o no a la masonería, si se habían hecho responsable de altos cargos durante la República…
Por otro lado, a los propios acusados se les pedía información respecto a otros compañeros, lo que es una manera muy cruel de aumentar el mal estado en el que se encontraban los docentes, e incrementar las inquietudes y desconfianzas entre el colectivo.
Una vez recibidos dichos informes, la Comisión los estudia y formula unos cargos que se les comunica al maestro/a en cuestión.
- Escritos de descargo: Al maestro se le permitía realizar un escrito de descargo. Estos escritos eran de gran importancia ya que la resolución de los mismos condicionaría su vida y su futuro. Como la comisión depuradora no otorgaba ninguna credibilidad a los escritos en los que tan sólo se negaban las acusaciones, tenían que argumentar su defensa. Proclamaban su inocencia e indignación ante las acusaciones presentadas, y se hacían alusiones a que las acusaciones podían ser debidas a antiguas rencillas, envidias, o falsos testimonios emitidos contra el maestro en cuestión. Por otro lado exaltaban las referencias nacionales y el papel del caudillo. Pero resultó muy difícil que las comisiones aceptaran dichos escritos, ya que mediante los pliegos de cargo habían recabado mucha información y siempre tenían acusaciones de las que poder valerse para poder acusar a un maestro, que tenía como máximo diez días para remitir dicho escrito a la Comisión Depuradora, y para aportar datos concluyentes sobre su defensa, teniéndolo que entregar al Presidente de la Comisión Depuradora o enviarlo por correo certificado.Los profesores, para poder defenderse, tenían que acreditar su buena conducta, pidiéndole ayuda a los vecinos, a representantes de profesiones prestigiosas, autoridades como el párroco, Alcalde y Guardia Civil, y también en la escuela. Lo que resultaba muy contradictorio, ya que eran los mismos que frecuentemente habían emitido los informes desfavorable.Una cuestión importante que ha llamado la atención, es que se sucedían denuncias privadas, en la mayoría de las ocasiones emitidas por personas anónimas, ya las que las autoridades pedían la máxima colaboración para contribuir a la llamada causa nacional. Parece interesante este dato, ya que confirma las sospechas al pensar que el proceso de la depuración se llevó a cabo en diversas ocasiones a modo de venganza, por razones personales, en otras ocasiones para que la plaza vacante pudiera ser ocupada por un familiar o un adepto al régimen franquista.
Lo que se puede deducir de este corto periodo de tiempo, es que estaba prefijado a conciencia para que los maestro/as expedientados no tuviesen la mínima posibilidad de defenderse: cuando le notificaban a un maestro/a acerca de su informe, en el caso de que tuvieran que presentar datos para alegar su defensa, se encontraba con el que el plazo había finalizado y ya no tenía opción para la defensa.
Si no era localizada la persona en cuestión, por medio del Boletín de la provincia se le pedía que se presentara frente a la comisión depuradora, y si en este caso tampoco se presentaba, se procedía el expediente sin tener en cuenta al profesor en cuestión. Y la Comisión continuaba sus actuacienes como si «hubiera sido oído»
- Propuestas de resolución: Una vez completado el expediente, y formuladas las respuestas de resolución del mismo, la Comisión tenía que enviarlo a la Comisión de Cultura y Enseñanza, que tendría que informar a la Presidencia de la Junta Técnica la confirmación en el cargo, el traslado del maestro o maestra en cuestión o la separación definitiva del cargo. También podía establecer la separación de empleo y sueldo al expediente de un funcionario, aunque éste no estuviese en tramitación.
Una vez que la Comisión Depuradora analizaba los escritos de descargo, la documentación acreditada por el profesor para alegar su defensa, y toda la información recogida, establecía la resolución definitiva del expediente en cuestión. Las distintas soluciones a las que podría llegar el Ministerio de educación eran muy diversas y de diferente índole e importancia:
- Por un lado la resolución podía emitirse con la confirmación en el cargo, la cual suponía cese del expediente. Este tipo de resolución se aplicó a aquellos maestros que se consideraban aptos según los ideales y exigencias del nuevo régimen.
- Otro tipo de solución era la habilitación para la enseñanza, se trataba de una resolución sin sanción, en la que se otorgaba el permiso para el desempeño de las funciones del maestro en la escuela.
Los castigos
El 18 de marzo de 1937 se habían fijado las causas de los castigos administrativas, con un carácter lo suficientemente abierto para que cada comisión pueda hacer interpretaciones particulares, en un principio serán susceptibles de ser sancionados: “.no haber cooperado para producir el triunfo del alzamiento Militar o el Movimiento. Acciones u omisiones que implicaran, antipatriotismo conducta contraria al Movimiento nacional”. Las causas de sanción se fijaban con “carácter enunciativo y no limitativo “, lo cual dejaba la puerta abierta para que cada Comisión Depuradora Provincial pudiese añadir las que considerara pertinentes
Los castigos y sanciones eran los siguientes:
- El más grave fue sin duda las ejecuciones de aquellos docentes que se habian mostrado hostiles al alzamiento y fieles a la República.
- La separación definitiva del cargo, es decir, separación del Cuerpo y baja en el escalafón. Esta fue la sanción más dura y con mayor repercusión en el cuerpo del magisterio, ya que obtenía la prohibición de ejercer, o por el contrario, una disminución en la categoría de la profesión. Tanto una sanción como la otra, eran graves y perjudiciales para el maestro en cuestión, ya que alteraba y modificaba la vida de los docentes.
- El traslado forzoso, que fue también fue una de las sanciones más graves, ya que se trataba de alejar a determinados docentes de su lugar de trabajo. La prohibición de solicitar vacantes solía ir unida a la anterior solución, y se imponía entre un mes y cinco años.Existían dos tipos de traslado forzoso, dentro y fuera de la provincia, esta última variante era aplicada a docentes que habían militado en partidos políticos autonomistas, sobre todo fue usada con docentes catalanes y vascos y en mucha menor medida gallegos.
- Suspensión temporal, o provisional de empleo y sueldo, o en algunos casos la jubilación forzosa. También pérdida de sueldos dejados de percibir, es decir la pérdida de una parte del sueldo mientras se tramitaba el expediente correspondiente.La suspensión de empleo y sueldo abarcaba entre un mes y dos años.
- Inhabilitación para el desempeño de cargos directivos y de confianza, este tipo de sanción iba dirigida para el profesorado que era sospechoso, aunque no se había podido demostrar nada.
- Y por último la inhabilitación para ejercer la Enseñanza, se refería a que no se podía ejercer legalmente la enseñanza privada.
Los cargos
Los cargos que se imputaron a los maestros sancionados fueron muy variados, ya que cada una de las Comisiones Depuradoras Provinciales los tipificaba de forma distinta, pero fundamentalmente se pueden clasificar en los siguientes: cargos políticos y sindicales, cargos sociales, cargos particulares, cargos religiosos y cargos profesionales.
- En el primer grupo, cargos políticos y sindicales, se imputaron conductas de participación y afiliación a partidos políticos del Frente Popular y sindicatos de izquierda, pero también manifestaciones de opiniones políticas, votos emitidos en los sufragios de febrero de 1936, la participación en la revolución de octubre de 1934 o la simple lectura de periódicos no derechistas, algunos de los cargos formulados literalmente en este apartado fueron los siguientes: militancia en el Partido Comunista, pertenecer a F.E.T.E, actuar en partidos políticos de izquierda trabajando para su triunfo el 26 de febrero de 1936, simpatizar con los partidos del Frente Popular, votar siempre candidatura de izquierdas, amistad con personas de izquierdas.
- Los cargos de tipo social, recogían también conductas políticas, pero de menor grado de compromiso y participación, fueron aplicados sobre todo a maestros a los que no se le consiguió probar filiación política izquierdista ni sindicalista, en este apartado figuraron acusaciones de la siguiente índole: «relacionarse mucho con los obreros», manifestar no importarle nada la implantación del comunismo en España, leer prensa de izquierdas, no tener amor a la patria.
- Los cargos religiosos no figuraban recogidos como tal en prácticamente ningún protocolo de depuración provincial, pero lo cierto es que existieron como tales. Se vigiló especialmente las opiniones religiosas de los maestros, la asistencia a oficios y misas, así como la proyección de su conducta religiosa en la escuela y sobre el resto de la sociedad, estableciéndose distintos grados de gravedad en las conductas, que iban desde el ateismo al laicismo pasando por la indiferencia religiosa o el cumplimiento irregular del precepto de asistencia a la misa dominical, entre este tipo de cargos figuran los siguientes: observar conducta de verdadero ateo, hacer alarde de irreligiosidad, jactarse de no ser creyente, hacer publica ostentación de ser laico, incumplimiento de los deberes religiosos, no cumplir el precepto pascual. Se vigiló no solo la conducta pública política y religiosa de los maestros, sino también el desarrollo de sus actividades profesionales, en un intento por establecer en que medida los docentes se habían comprometido con el sistema de enseñanza publica republicano, basado fundamentalmente en el laicismo y la coeducación, entre los cargos que figuran en este apartado, tenemos los siguientes ejemplos: inculcar en los niños ideas extremistas, arrojar al crucifijo de la escuela junto con el catecismo y el libro de historia sagrada.
También se depuraba al resto del profesorado que era considerado no contaminado, no republicano, y tenía que sufrir exámenes y seguir unos cursos de orientación profesional, ya que si estuviera contaminado carecería de las competencias necesarias para inculcar a sus alumnos el espíritu religioso, moral y católico.
La revisión de las sanciones
Inicialmente los sancionados no podían solicitar una revisión del castigo, pero la situación cambia a partir de 1938. El 11 de marzo de 1938 se reconoce la posibilidad de recurso, posibilidad que no existía hasta esa fecha, si el sancionado solicitaba revisión de expediente el proceso depurativo se alargaba, la solicitud de revisión únicamente resultaba eficaz si se acompañaba de nuevas pruebas, por la generel las revisiones eran rechazadas. La capacidad para solicitar la revisión estaba limitada , ya que no podían solicitarla los docentes que hubiesen sido sancionados con el castigo de la separación definitiva. Para encargarse de la revisión se crearon unidades administrativas especificas: hasta el 19 de marzo de 1939, las revisiones se tramitaban a través de la misma oficina técnica administrativa encargada de los expedientes de depuración, en esa fecha las competencias revisoras se trasladan a la Comisión Superior Dictaminadora, a partir de 1942 las revisiones pasan a manos de un juzgado administrativo creado exclusivamente para este fin, el Juzgado Superior de Revisiones. La solicitud de revisión no llevaba aparejada su concesión, el maestro que la solicitaba debía demostrar que había nuevos elementos de juicio para poder reconsiderar las conclusiones del expediente depurador, el número de revisiones concedidas respecto a las solicitadas fue escaso. En algunos casos se acaba produciendo anulación de la sanción y aligeramiento de la misma, muchas veces estos aligeramientos se producen cuando ya no le pueden reportar ningún beneficio al sancionado ya que la mayor parte de la sanción, sino su totalidad se halla plenamente cumplida.
Las consecuencias
El magisterio quedó muy mermado después de la depuración. La purga fue muy grande, y la mayoría de los maestros/as de un modo u otro sintieron el miedo, la frustración y la incertidumbre ante este inesperado proceso, que alteró en todos los sentidos a la educación. Según algunas estimaciones el número de maestros sancionados se aproximo a los 20.000, habida cuenta que en 1936 había en ejercicio en torno a 60.000 maestros nacionales, podemos concluir que la depuración implicó la imposición de sanciones para un tercio del total del cuerpo. Pero las repercusiones mas lesivas de la depuración no solo afectan a los docentes sancionados. La depuración supuso una notable merma de la calidad educativa de la escuela Española, sobre todo durante la década de los años cuarenta y cincuenta, ya que una parte muy importante de las plazas dejadas vacantes por los docentes fueron ocupadas por militares que habían participado en la guerra civil combatiendo del lado de los nacionales, heridos y mutilados de guerra, sus viudas y sus familiares más directos. A lo largo del conflicto y con posterioridad, se llevaron a cabo oposiciones y concursos con plazas reservadas para excombatientes, sin apenas preparación pedagógica y profesional que introdujeron en las escuelas españolas disciplinas y protocolos de inequívoca ideología castrense. Si nos fijamos en la dureza de la depuración, sus consecuencias son distintas y bastante heterogéneas a lo largo de todo el territorio nacional. En contra de lo que se podría afirmar a golpe de primera intención, la mayor cantidad de maestros sancionados no ejercían en las provincias que mostraron más resistencia al franquismo, el mayor número de sancionados se encuentra en las llamadas provincias de retaguardia, aquellas que desde fechas tempranas quedaron sometidas al control del ejército franquista, en ellas la purga se llevó a cabo con más tiempo y con mayor disposición de medios indagatorios y lo que es más importante, se inició en fecha más temprana, cuando mayor era la necesidad de aplicar una dura represión .
Las fuentes documentales
Las principales fuentes documentales que permiten reconstruir el proceso de depuración son variadas y diversas: 1)los Boletines Oficiales del Estado y los Boletines Oficiales Provinciales, donde se recogían los nombres y las sanciones de los docentes castigados, 2) las Actas que dejan constancia de las actuaciones de cada una de las comisiones depuradoras provinciales, generalmente desaparecidas, ya que fueron objeto de destrucción, 3) los expedientes de depuración actualmente conservados en el Archivo General de la Administración (A.G.A), y los expedientes de revisión, custodiados en el Archivo Central del Ministerio de Educación (A.C.M.E).
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