- Distrito
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Distrito
La palabra distrito (del latín medieval districtus) se refiere a cada una de las demarcaciones en que se subdivide un territorio o una población, ya sea en forma administrativa, estadística o jurídica con la finalidad de obtener una distribución adecuada de sus servicios administrativos y organizar el ejercicio de su gobierno.
- Distrito: división administrativa de diversos países:
- Corona de Aragón: tanto el Reino de Aragón como el Reino de Valencia dentro de la Corona de Aragón se dividían en distritos.
- Distritos de Costa Rica. Entidad subnacional de tercer nivel, después de las provincias y los cantones.
- Distritos del Perú
- Distritos de Austria
- Distritos de Colombia
- Distrito Capital de Venezuela
- Distritos electorales: cada una de las divisiones en que se divide un país con motivos electorales:
- División electoral de Chile
- Distritos Electorales Federales de México
- Distritos electorales de España
- Distritos Senatoriales de Puerto Rico
- En algunas ciudades, un distrito es una subdivisión administrativa local:
- En España, la Ley de Grandes Ciudades prevé la creación (aunque ya existían con anterioridad) y define la organización del distrito como elemento de participación ciudadana en los municipios de gran población. Los municipios aplicables de la ley son todos aquellos mayores de 250.000 habitantes, las capitales provinciales o autonómicas de más de 175.000 habitantes, y opcionalmente, las restantes capitales provinciales, sedes de organismos autonómicos o provinciales y ciudades de más de 75.000 habitantes cuyas características lo justifiquen y lo aprueben las Asambleas Legislativas de sus Ayuntamientos. Distritos de los 15 mayores municipios de España:
- Distritos de Madrid
- Distritos de Barcelona
- Distritos de Valencia
- Distritos de Sevilla
- Distritos de Zaragoza
- Distritos de Málaga
- Distritos de Murcia
- Distritos de Palma de Mallorca
- Distritos de Las Palmas de Gran Canaria
- Distritos de Bilbao
- Distritos de Córdoba
- Distritos de Alicante
- Distritos de Valladolid
- Distritos de Vigo
- Distritos de Gijón
- En España, la Ley de Grandes Ciudades prevé la creación (aunque ya existían con anterioridad) y define la organización del distrito como elemento de participación ciudadana en los municipios de gran población. Los municipios aplicables de la ley son todos aquellos mayores de 250.000 habitantes, las capitales provinciales o autonómicas de más de 175.000 habitantes, y opcionalmente, las restantes capitales provinciales, sedes de organismos autonómicos o provinciales y ciudades de más de 75.000 habitantes cuyas características lo justifiquen y lo aprueben las Asambleas Legislativas de sus Ayuntamientos. Distritos de los 15 mayores municipios de España:
- Entendida como entidad local es parte de la visión anarquista de distrito (autónomo y federalista), donde sería el carácter ideal del régimen de autogobierno[1]
Referencias
Categoría: Entidades subnacionales - Distrito: división administrativa de diversos países:
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