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Doctrina Drago
La Doctrina Drago fue anunciada en 1902 por el Ministro de relaciones exteriores argentino, Luis María Drago, en respuesta al no cumplimiento de la Doctrina Monroe por parte de Estados Unidos. Establece que ningún poder extranjero puede utilizar la fuerza contra una nación americana a los fines de hacer efectivo el cobro de una deuda.
Provino de las ideas de Carlos Calvo, en Derecho internacional teórico y práctico de Europa y América. La doctrina Calvo proponía prohibir la intervención diplomática hasta que no estuvieran agotados los recursos locales.
La Doctrina Drago es una respuesta a las acciones de Gran Bretaña, Alemania e Italia, quienes impusieron un Bloqueo Naval a Venezuela a finales de 1902, en respuesta a la gran deuda de Venezuela que el presidente Cipriano Castro se negaba a pagar.
Frente a este ataque, Estados Unidos dijo que como país, no apoyaría a un estado que se viese afectado por ataques de potencias europeas que no se originasen con intención de recuperar territorios americanos y colonizarlos. Así surge esta Doctrina Drago, como una protesta por parte de Luis María Drago frente al actuar de Estados Unidos.
Una versión modificada por Horace Porter fue adoptada en la Haya en 1907. Ésta añadió que el arbitraje y litigio deberá usarse siempre primero.
Véase también
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