- Establecimientos Financieros de Crédito
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Establecimientos Financieros de Crédito
EFC: Establecimientos Financieros de Crédito.
Hasta diciembre de 1996 las Sociedades de crédito hipotecario, las entidades de financiación, las sociedades de arrendamiento financiero y las sociedades mediadoras en el mercado de dinero, conservaban la condición de ENTIDADES DE CRÉDITO.
Hoy día, según el DRLey 12/1995 tendrán consideración Establecimientos Financieros de crédito: intermediarios financieros que no pueden captar fondos reembolsables del público (ni en forma de préstamo, ni de depósito, cesión temporal, ... ni análogos.
Son sociedades anónimas especiales que se dedican a una o varias actividades principales establecidas reglamentariamente: concesión de créditos o préstamos, concesión de avales y garantías, arrendamiento financiero, factoring y emisión y gestión de tarjetas.
Numerosos Establecimientos Financieros de Crédito (EFC) que en las últimas semanas inundan los espacios publicitarios. Su objetivo es la captación de clientes que necesitan urgentemente una cantidad de dinero limitada (no pueden conceder préstamos de más 3.000 euros) y que para conseguirlo están dispuestos a pagar -aunque no siempre son conscientes de ello- un tipo de interés que puede superar el 20% TAE (Tasa Anual Equivalente). El creciente endeudamiento de las familias españolas -90% de la renta bruta disponible en 2003, según el Banco de España- impulsa a muchas personas a utilizar sus servicios.
Ej: COFIDIS
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