- Estatuto de Autonomía de Extremadura
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Estatuto de Autonomía de Extremadura
El Estatuto de Autonomía de Extremadura es la norma institucional básica de la Comunidad Autónoma extremeña.
El 25 de febrero de 1983 fue aprobada por las Cortes Generales la Ley Orgánica del Estatuto de Autonomía de Extremadura. En el mismo se establecen las competencias que corresponden a la Comunidad Autónoma, así como la organización institucional, la organización judicial, los principios de la economía y la hacienda de la Comunidad entre otros aspectos. El Estatuto de Autonomía consta de 63 artículos organizados en 6 Títulos, 6 disposiciones adicionales, 8 disposiciones transitorias y 1 disposición final.
El Estatuto fue reformado 4 veces, en 1991, en 1994, en 1999 y 2002. La reforma más importante es la de 1999, ya que se eleva el techo competencial al nivel de las Comunidades Autónomas conocidas como "históricas", entre las que destaca la gestión de la Sanidad y la Enseñanza, se otorga al presidente de la Junta de Extremadura la facultad de disolver la Asamblea de Extremadura y la posibilidad de crear órganos como del Defensor del Pueblo Extremeño y un Tribunal de Cuentas Extremeño.
Los primeros párrafos del Estatuto son:
- Extremadura, como expresión de su identidad regional histórica, dentro de la indisoluble unidad de la nación española, se constituye en Comunidad Autónoma de acuerdo con la Constitución española y con el presente Estatuto, que es su norma institucional básica.
- La Comunidad Autónoma de Extremadura, a través de instituciones democráticas, asume el ejercicio de su autogobierno regional, la defensa de su propia identidad y valores y la mejora y promoción del bienestar de los extremeños.
- Los poderes de la Comunidad Autónoma de Extremadura emanan del pueblo, de la Constitución y del presente Estatuto.
- El territorio de Extremadura es el de los municipios comprendidos dentro de los actuales límites de las provincias de Badajoz y Cáceres.
- La sede de la Junta y de la Asamblea se fija en Mérida, que es la capital de Extremadura.
Reforma del Estatuto
El Estatuto de Autonomía de Extremadura está en proceso de reforma. El 21 de Mayo de 2009, la comisión extraordinaria de la Asamblea de Extremadura encargada de la reforma entregó al Presidente del parlamento regional la propuesta de reforma que tiene que ser aprobada por dos quintos de la cámara. Tras su aprobación será remitida a las Cortes Generales Españolas para su debate y aprobación en el Congreso de los Diputados y el Senado.
La propuesta de reforma introduce un preámbulo, recoge derechos y deberes, amplía las competencias de la Comunidad Autónoma y establece nuevos organismos: el Consejo Consultivo con sede en Badajoz, el Consejo de Cuentas con sede en Cáceres, el Personero del Común (Defensor del Pueblo) con sede en Plasencia, el Consejo de Justicia de Extremadura y el Consejo Económico y Social con sedes en Mérida. El texto reformado apuesta por una mayor descentralización hacia los municipios y por una mayor financiación.
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