- Estrago (delito)
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Estrago (delito)
El estrago es un delito penal que consiste en causar un daño de grandes proporciones que haya generado un peligro común. Causar incendios, inundaciones o explosiones, son medios típicos del estrago. En general, suele ser sancionado con penas altas, al considerársele un delito grave.
El bien jurídico protegido es la seguridad pública. Es decir, la sanción del delito tiene como fin garantizar la seguridad colectiva de los ciudadanos.
Contenido
Tipo penal
- Daño. La acción central penalmente sancionada consiste en causar un daño. Aunque la simple causación de un daño no es suficiente para que haya estrago, sin daño el delito no se configura. La falta de daño podría encuadrar la acción como tentativa.
- Peligro común. Para que se configure el delito, es necesario también que se haya producido un peligro común, es decir, que exceda un peligro individual o limitado a un entorno familiar.[1]
- Medios típicos. El delito requiere que el daño se haya cometido mediante algún medio típico, tales como incendio, explosión, inundación, hundimiento de nave o daño de diques. También puede considera estrago la destrucción por cualquier medio de bienes como bosques, cultivos, cosechas, ganados, etc.
Regulación por país
Argentina
Se trata de un delito grave, que tiene una pena que puede oscilar, en su forma básica, entre un mínimo de 3 años y un máximo de 20 años de prisión, razón por la cual, suele tratarse de un delito no excarcelable.
El delito admite tanto una modalidad intencional (dolosa), como por negligencia (culposa), en este último caso con penas menores.[2] También pude configurarse cuando se impide evitar o combatir los estragos tipificados.[3] El delito resulta agravado si se pone en peligro la vida de las personas, y más aún si el mismo causara la muerte de alguna persona.
Constituye delito de estrago también el solo hecho de tener o haber adquirido elementos peligrosos, capaces de causar estragos, como bombas, materiales o aparatos capaces de liberar energía nuclear, materiales radiactivos o sustancias nucleares, o sus desechos, isótopos radiactivos, materiales explosivos, inflamables, asfixiantes, tóxicos o biológicamente peligrosos, o sustancias o materiales destinados a su preparación.[4]
Referencias
Véase también
Enlaces externos
- Título VII. Delitos contra la seguridad pública. Capítulo I: Incendios y otros estragos, Código Penal de Argentina.
Categoría: Delitos
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