- Guía de turismo
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La definición que el CEN (Comité Europeo de Normalización) establece para el término “GUIA DE TURISMO” en la Norma Europea EN 1809 sobre “Servicios turísticos. Agencias de viaje y turoperadores. Terminología”, es:
Guía de Turismo: Persona que guía a los visitantes en el idioma de su elección e interpreta el patrimonio cultural y natural de una zona, que normalmente posee una titulación específica sobre una zona, por lo general emitido o reconocido por las autoridades competentes.
La Comisión Europea ha podido constatar que los problemas de libre circulación que han tratado se deben muy a menudo a la confusión de dos profesiones diferentes, aunque complementarias: la de guía de turismo y la de acompañante.
CEN también define la figura del “acompañante” y del “director de tur o jefe de grupo o correo de turismo”, como:
Acompañante: Representante de un turoperador que proporciona asistencia básica a los viajeros.
Director de tur o jefe de grupo o correo de turismo: Persona que gestiona y supervisa el itinerario en representación del turoperador, asegurándose de que el programa se desarrolla tal y como está descrito en el contrato del turoperador y vendido al viajero o consumidor, y que además proporciona información práctica del lugar.
En España:
1. Todos los decretos reguladores de la actividad, recogen el término “Guía de Turismo” y se elimina el anterior de “Guía Interprete ó Guía Intérprete de Turismo”.
2. CEFAPIT (Confederación Española de Federaciones y Asociaciones Profesionales de Guías de Turismo) aglutina a la mayoría de los Guías de Turismo de España a través de las APITs (Asociaciones Profesionales de Guías de Turismo) presentes en casi todas las provincias españolas y es la voz en España y Europa de los Guías de turismo debidamente cualificados y habilitados para desarrollar la actividad dentro de su ámbito específico de actuación.
3. CEFAPIT es consciente de la confusión y mal uso de términos, como por ejemplo: “Guía local”, “Guía oficial” y “Guía acompañante”, términos muy extendidos pero que sólo traen confusión y malas interpretaciones. Por tanto, recomienda que se use únicamente el término “Guía de Turismo” aprobado en la versión oficial, en español, de la Norma Europea EN 13809, aceptado y ratificado por FEG (Federación Europea de Guías de Turismo) y la WFTGA (Federación Mundial de Asociaciones de Guías de Turismo).
En Argentina, es un oficio derivado de una carrera terciaria de tres años de duración.
Véase también
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