- Juzgado de lo Social (España)
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Juzgado de lo Social (España)
Los Juzgados de lo Social son órganos jurisdiccionales unipersonales del sistema jurídico español que sustituyeron en 1989 las denominadas Magistraturas de Trabajo, con similares competencias pero ya sin ninguna vinculación con el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.[1]
Contenido
Composición
La Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, establece en el artículo 92 la constitución de los Juzgados de lo Social:[2]
Artículo 921. En cada Provincia, con jurisdicción en toda ella y sede en su capital, habrá uno o más juzgados de lo social, también podrán establecerse en poblaciones distintas de la capital de provincia cuando las necesidades del servicio o la proximidad a determinados núcleos de trabajo lo aconsejen, delimitándose, en tal caso, el ámbito de su jurisdicción.
2. Los juzgados de lo social podrán excepcionalmente extender su jurisdicción a dos o más provincias dentro de la misma Comunidades Autónomas.Competencias
Según lo dispuesto en el artículo 93 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, los Juzgados de lo Social conocerán, en primera o única instancia, de los procesos sobre materias propias de este orden jurisdiccional que no estén atribuidos a otros órganos del mismo.[3]
Competencias con efectos sobre el ámbito territorial
- Sobre constitución y reconocimiento de la personalidad jurídica de los sindicatos, impugnación de sus estatutos y su modificación.
- En materia de régimen jurídico específico de los sindicatos, tanto legal como estatutario, en lo relativo a su funcionamiento interno y las relaciones con sus afiliados.
- Sobre tutela de los derechos de libertad sindical.
- En procesos de conflictos colectivos.
- Sobre impugnación de convenios colectivos.
Competencias con independencia de la extensión de los efectos
- Entre empresarios y trabajadores, como consecuencia del contrato de trabajo.
- En materia de Seguridad Social, incluida la protección por desempleo.
- En la aplicación de los sistemas de mejoras de la acción protectora de la Seguridad Social, incluidos los planes de pensiones y contratos de seguro, siempre que su causa derive de un contrato de trabajo o convenio colectivo.
- Contra el Estado, cuando le atribuya responsabilidad la legislación laboral.
- En procesos sobre materia electoral.
- Respecto de cualesquiera otras cuestiones que les sean atribuidas por normas con rango de Ley.
Referencias
- ↑ regmurcia.com (ed.): «Juzgados de lo Social». Consultado el 19 de agosto de 2009.
- ↑ noticias.juridicas.com (ed.): «Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.». Consultado el 23 de agosto de 2009.
- ↑ justicia.net (ed.): «Competencias de los Juzgados de lo Social». Consultado el 19 de agosto de 2009.
Enlaces externos
Categorías: Tribunales laborales | Poder Judicial de España
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