- Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires
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La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es el Poder Legislativo de la Ciudad de Buenos Aires bajo la lógica unicameral de 60 (sesenta) diputados, elegidos por voto directo no acumulativo según los artículos 68° y 69º de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires. Cada diputado dura cuatro años en sus funciones, y la Legislatura se renueva por mitades cada 2 (dos) años.
Su sede se emplaza entre las calles Hipólito Yrigoyen, Diagonal Julio A. Roca y Perú, conformado un triángulo de grandes dimensiones cuya compacta volumetría exterior se ajusta a los límites del terreno y solo se distingue del resto de tejido urbano por la torre del reloj, el cual corona el Palacio Ayerza, más conocido como Palacio de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires
Contenido
Composición
Los diputados forman y presiden diferentes Comisiones, encargadas de tratar previamente, según su competencia, cada proyecto de Ley que ingresa a la Legislatura. Al igual que en la mayoría de los cuerpos legislativos, los representantes se agrupan en bloques políticos en base a lineamientos partidarios, programáticos e ideológicos para mantener criterios y estrategias políticas homogéneas. Sin embargo, existen bloques unipersonales, formados por diputados de partidos que sólo obtuvieron una banca o por diputados que abandonaron un bloque por diferencias de alguna índole. Actualmente la Legislatura está compuesta por 13 bloques, de los cuales cuatro de ellos son unipersonales:
Bloque Bancas Presidente PRO 24 Dip. Cristian Ritondo Proyecto Sur 7 Dip. Fabio Basteiro Coalición Cívica 6 Dip. Fernando Sánchez Diálogo por Buenos Aires 4 Dip. Eduardo Epszteyn Encuentro Popular para la Victoria 4 Dip. Juan Cabandié Peronista 4 Dip. Diego Kravetz Nuevo Encuentro 2 Dip. Gabriela Cerruti Unión Cívica Radical 2 Dip. Claudio Presman Unión Federal 2 Dip. Daniel Amoroso Encuentro Progresista 1 Dip. Raúl Fernández Igualdad Social 1 Dip. Martín Hourest MST- Nueva Izquierda 1 Dip. Marcelo Parrilli Solidaridad e Igualdad 1 Dip. Delia Bisutti Partido Socialista 1 Dip. Julián D´Angelo Autoridades
Las Autoridades de la Legislatura son electas por el recinto y, en la actualidad, se componen de acuerdo al siguiente ordenamiento:
Cargo Titular Bloque político Presidencia (a/c) Oscar Moscariello PRO Vicepresidecia 1° Oscar Moscariello PRO Vicepresidencia 2° Julio Raffo Proyecto Sur Vicepresidecia 3° Sergio Abrevaya Coalición Cívica Secretaría Parlamentaria Carlos Pérez - Secretaría Administrativa Pablo Schillagi - Secretaría de Coordinación Facundo Martín Di Filippo - Subsecretaría de Fortalecimiento e Intercambio Institucional Pablo Garzonio - Subsecretaría de Enlace Administrativo Daniela Kutyn - Subsecretaría de Labor Parlamentaria Gustavo de la Fuente - Subsecretaría de Gestión Parlamentaria César Brandón - Subsecretaría de Asistencia Técnico Administrativa Sergio Misuraca - Subsecretaría de Coordinación Institucional Maximiliano Ferraro -
La Presidencia de la Legislatura es ejercida por el Vicejefe de Gobierno, quien conduce los debates y sólo tiene poder de voto en caso de empate. Los vicepresidentes son elegidos durante las sesiones preparatorias por la simple pluralidad de votos de la Legislatura, y duran en sus cargos un año con posibilidad de reelección, de acuerdo al Reglamento Interno del Cuerpo . Los secretarios son designados en la primera sesión por la mayoría simple de los diputados presentes, y dependen directamente del Vicepresidente 1.°[1]Comisiones
Actualmente existen en la Legislatura las siguientes Comisiones y Juntas Especiales:-
- Asuntos Constitucionales
- Comunicación Social
- Cultura
- Defensa de Consumidores y Usuarios
- Derechos Humanos, Garantías y Antidiscriminación
- Desarrollo Económico, Mercosur y Políticas de Empleo
- Descentralización y Participación Ciudadana
- Ecología
- Educación, Ciencia y Tecnología
- Justicia
- Legislación del Trabajo
- Legislación General
- Mujer, Infancia, Adolescencia y Juventud
- Obras y Servicios Públicos
- Planeamiento Urbano
- Políticas de Promoción e Integración Social
- Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria
- Protección y Uso del Espacio Público
- Relaciones Interjurisdiccionales
- Salud
- Seguridad
- Tránsito y Transporte
- Turismo y Deporte
- Vivienda
- Foro de la Tercera Edad
- Garantía de Continuidad del Funcionamiento del Club Comunicaciones
- Igualdad Real de Oportunidades y de Trato entre Mujeres y Varones
- Patrimonio Arquitectónico y Paisajístico
- Políticas Públicas para la Ciudadanía Plena
- Reforma Tributaria
- Salud Mental
- Seguimiento de Organismos de Control
- Ética, Acuerdos y Organismos de Control
- Interpretación y Reglamento
Funcionamiento Parlamentario
El período de sesiones ordinarias se inicia el 1° de marzo y finaliza el 15 de diciembre de cada año, según lo establecido en el art. 74° de la Constitución de la Ciudad. Los días de reunión dentro del período, conforme a lo dispuesto en el art.27° del se deben fijar en la sesión preparatoria de cada año. La sesión preparatoria sólo se realiza en oportunidad de constituirse el Cuerpo Legislativo con una nueva integración; en los años siguientes los días de sesión se fijan en la primera sesión ordinaria.
Del texto del artículo 66°, surge que las sesiones extraordinarias son las que se realizan entre el 16 de diciembre y el último día de febrero, con temario específico. En este artículo, el Reglamento incorpora un tipo de sesión que la Constitución no contempla, las sesiones especiales. Estas últimas, son llevadas a cabo dentro del período ordinario o extraordinario, pero con convocatoria y temario específico (por ejemplo, la designación del Defensor del Pueblo)
Notas
- ↑ Según el Reglamento Interno de la Legislatura.
Véase también
Enlaces externos
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- Diario de Gestión: Weblogs de los legisladores.
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