- Ley de Punto Final
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La Ley 23.492 de Punto Final es una ley argentina que estableció la paralización de los procesos judiciales contra los imputados como autores penalmente responsables de haber cometido el delito complejo de desaparición forzada de personas (que involucró detenciones ilegales, torturas y homicidios agravados o asesinatos) que tuvieron lugar durante la dictadura militar del autodenominado Proceso de Reorganización Nacional de 1976–1983. Fue presentada por los diputados Juan C. Pugliese, Carlos A. Bravo y Antonio J. Macris, y promulgada el 24 de diciembre de 1986 por el presidente Raúl Alfonsín.[1] El Congreso la declaró nula en 2003.
La ley dictaminaba que "se extinguirá la acción penal contra toda persona que hubiere cometido delitos vinculados a la instauración de formas violentas de acción política hasta el 10 de diciembre de 1983". Dado que sancionaba la impunidad de los militares por la desaparición de varios miles de opositores y guerrilleros de izquierda (casi 9.000 según el informe del Nunca Más de 1984 y hasta unos 30.000 de acuerdo a los organismos de Derechos Humanos), fue en su momento objeto de una viva y acalorada polémica.
Sólo quedaban fuera del ámbito de aplicación de la ley los casos de secuestro de recién nacidos, hijos de prisioneras políticas destinadas a desaparecer, que eran por lo general adoptados por militares, quienes les ocultaban su verdadera identidad biológica.
La ley, junto con su complementaria, la de Obediencia debida, fueron anuladas por el Congreso Nacional en 2003. Esta anulación fue convalidada por la Corte Suprema de Justicia, que las declaró inconstitucionales el 14 de junio de 2005.
Las leyes de Punto Final y Obediencia Debida, junto a los indultos realizados por Carlos Menem (1989–1990), son conocidas entre sus detractores como leyes de impunidad.
Referencias
Categorías:- Proceso de Reorganización Nacional
- Alfonsinismo
- Leyes de Argentina
- Derechos humanos en Argentina
- Argentina en 1986
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