- Pedro Inguanzo y Rivero
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Pedro Inguanzo y Rivero
Pedro Inguanzo y Rivero (Llanes, 21 de diciembre de 1764- Toledo, 30 de enero de 1836) Eclesiático y político asturiano.
Biografía
Miembro de una familia aristocrática, se trasladó a Palencia, donde era canónigo su tío, Pedro Inguanzo Posada, para estudiar Filosofía y Artes en el convento dominico de San Pablo (1775-80). Al concluir su formación inicial, se instaló en Oviedo, en cuya Universidad comenzó los estudios de Derecho civil y canónico. En 1785 fue nombrado secretario del arzobispo de Sevilla, Marco de Llanes. Durante su estancia en Sevilla concluyó su carrera jurídica, obtuvo la cátedra de derecho canónico y fue elegido miembro de la Academia de Buenas Letras. Regresó a Oviedo para ocupar la plaza de canónigo doctoral, que se encontraba vacante (1792). Poco después, fue designado rector del Colegio Mayor de San José por el cabildo ovetense. Tras el inicio de la Guerra de la Independencia, la Junta Superior del Principado de Asturias, en su intento por formar un gobierno autónomo, lo nombró ministro de Gracia y Justicia (1809). En 1810 fue elegido diputado para representar a Asturias en las Cortes de Cádiz. Durante el ejercicio de su actividad parlamentaria, entre junio de 1811 y febrero de 1813, se negó a la aplicación de cualquier reforma de carácter liberal. Apoyó el mantenimiento del Tribunal de la Inquisición y de la religión católica como religión oficial del Estado y se opuso a la política desamortizadora de las Cortes gaditanas; así mismo, defendió la conveniencia de instituir un sistema político que conjugase los organismos gubernativos tradicionales con elementos legislativos modernos, pero que fuese ajeno al concepto de soberanía nacional. Su actitud conservadora le valió la aprobación de Fernando VII. El 19 de agosto de 1814 fue propuesto para ocupar la sede de Zamora, confirmada por bula papal de 26 de septiembre.
Se desconoce la fecha de su ordenación sacerdotal, aunque es probable que fuese inmediatamente anterior a su designación como obispo, ya que consta que en 1810 aún no era sacerdote. Durante el Trienio Constitucional (1820-23) sostuvo diversas disputas con los poderes políticos. Aunque en un primer momento se negó, accedió a jurar la Constitución de 1812 por consejo del nuncio papal Giustiniani. Mantuvo con Pío VII (1800-23) correspondencia epistolar, a través de la cual le hizo llegar su disconformidad con los sucesivos decretos sobre la supresión de monasterios y órdenes monásticas (25 de octubre de 1820), la declaración del episcopado como cargo público dependiente del Gobierno en cuanto a su nombramiento (6 de abril de 1821) y la incautación de bienes eclesiásticos (29 de junio de 1821). Una vez restaurado el absolutismo, en 1823, Fernando VII lo propuso para ocupar la sede arzobispal de Toledo, el 3 de agosto de 1824, vacante desde el fallecimiento del cardenal Luis María de Borbón y de Vallabriga (19 de marzo de 1823), y le designó consejero de Estado. Nombrado cardenal y confirmado (27 de septiembre de 1824) en su nuevo cargo por León XII (1823-29), llegó a Toledo el 6 de marzo de 1825. En los últimos meses del reinado de Fernando VII se enfrentó con él a causa de su oposición al reconocimiento de la futura Isabel II como heredera a la Corona: en junio de 1833, el rey le nombró, debido a su condición de cardenal primado de España, representante para recibir el juramento de fidelidad hacia Isabel II de los cardenales de la nación; Inguanzo declinó el nombramiento, alegando motivos de salud, y tras la muerte del rey, el 29 de septiembre de 1833, se negó a prestar dicho juramento; ante la presión gubernamental y la amenaza de destierro, se buscó una fórmula de compromiso mediante la que Inguanzo admitió como reina a Isabel II. El presidente del Gobierno, Martínez de la Rosa, quiso que formara parte del Estamento de Próceres, pero el cardenal rehusó la propuesta y se retiró de toda actividad política. Fue miembro de la Real Academia de la Historia.
Obras
- Dicusión del proyecto de decreto sobre el Tribunal de la Inquisición (1813)
- Discurso sobre la confirmación de los obispos (1813)
- El dominio sagrado de la Iglesia en sus bienes temporales (1820-23)
- Representación al rey con motivo de los decretos de las Cortes y del Gobierno sobre Regulares (1823)
- Exposición del sr. Obispo de Zamora al Gobierno con motivo del decreto para la ocupación de bienes eclesiásticos (1824)
Referencias
- Gran Enciclopedia Espasa (2003) Madrid.- ISBN: 84-0244-266-1
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