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Pena de muerte en España
La pena de muerte en España fue abolida, bajo cualquier circunstancia, en 1995.[1] La actual constitución de 1978 establecía ya su abolición, excepto en tiempos de guerra.[2]
La pena de muerte fue utilizada en España sin interrupción hasta 1932, cuando fue abolida a raíz de una reforma del Código Penal introducida durante la Segunda República. Fue restablecida en octubre de 1934, para delitos de terrorismo y bandolerismo. Francisco Franco la reincorporó plenamente al código penal en 1938, argumentando que su abolición no era compatible con el buen funcionamiento de un estado. Las últimas ejecuciones en España fueron las de dos miembros de ETA y tres del FRAP, fusilados el 17 de septiembre de 1975.
Contenido
Aplicación en la antigüedad
Se aplicaba mediante el garrote vil.
Franquismo
Durante la posguerra se aplicaba mediante el fusilamiento. Más adelante también se aplicó mediante garrote vil. Normalmente era aplicada por tribunales militares en consejo de guerra.
Constitución de 1978
La constitución de 1978, sancionada por el Rey Juan Carlos I el 27 de diciembre, establecía en su artículo 15 como derecho fundamental la vida y la integridad física, quedando prohibida la tortura o cualquier tipo de penas o tratos inhumanos o degradantes. En ese mismo artículo se abolía de la pena de muerte, con la excepción de "lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra".
El Real Decreto Ley número 45/78 del 21 de diciembre modificó el Código de Justicia Militar, la Ley Penal y Procesal de la Navegación Aérea y la Ley Penal y Disciplinaria Mercante, sustituyendo la pena de muerte por la de treinta años de prisión, salvo en tiempos de guerra. Esta pena se aplicaba en caso de crímenes graves como traición, rebelión militar, espionaje, sabotaje o crímenes de guerra.
Abolición de 1995
La pena de muerte fue abolida del código penal militar con la ley órganica 11/95 del 27 noviembre. Esta ley fue aprobada con el apoyo de todos los partidos políticos, representados en el Congreso de los Diputados, el 27 noviembre de 1995, de tal forma que abolía la pena de muerte en tiempos de guerra, que vino a completar la abolición y a covertirla en absoluta.
la presente Ley declara abolida la pena de muerte en el Código Penal Militar, único texto legal que la contempla como pena alternativa a determinados delitos cometidos en tiempo de guerra, y suprime todas las referencias legales a la misma, haciéndola desaparecer de nuestro ordenamiento jurídico.
Exposición de motivos de la LO 11/1995.[1]Sin embargo, a pesar de que está abolida totalmente, algunas organizaciones como Amnistía Internacional consideran que se debería suprimir de la Constitución Española la excepcción a la pena de muerte en tiempos de guerra.[2]
Bibliografía
- 2008 - Oliver Olmo, Pedro. La pena de muerte en España, Editorial Síntesis, 2008, ISBN 978-84-9756-605-6
- 2005 - Yániz Ruiz, Juan Pedro. Los últimos verdugos españoles, Clío: Revista de historia, ISSN 1579-3532, Nº. 44, 2005, pags. 56-59
- 1995 - Varios autores. Amnistía Internacional (ed.) La pena de muerte y su abolición en España, Los libros de la Catarata, Madrid, 1995, ISBN 84-8198-121-4, ISBN 978-84-8198-121-6
- 1992 - Serrano Tárraga, María Dolores. La pena capital en el sistema español. UNED, Madrid, 1992, ISBN 978-84-362-2831-1
Referencias
- ↑ a b Ley Órganica 11/1995, de 27 de noviembre, de abolición de la pena de muerte en tiempo de guerra. Texto completo en la Red 060.
- ↑ a b Artículo 15 de la Constitución Española de 1978
Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra.
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