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Procurador en Cortes
En las antiguas Cortes de Castilla se solía denominar procurador al representante designado por las ciudades y villas.
La Constitución de Cádiz de 1812 usó el término de "diputados" para los miembros de las Cortes. El Estatuto Real de 1834 estableció dos cámaras, la de Próceres del Reino y la de Procuradores del Reino, los primeros de nombramiento regio y los segundos electivos. La denominación de procurador desaparece en las constituciones siguientes, que vuelven a la de diputado, pero se recupera con las Cortes Españolas que establece el régimen franquista, y que tenían el propósito de romper con la tradición liberal.
De nuevo la denominación de procurador desaparece con la transición a la democracia en 1977 para volver a la de diputado.
El Estatuto de Autonomía de Castilla y León adopta la denominación tradicional de procurador para los miembros de las modernas Cortes de Castilla y León.
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