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Quo Primum tempore
Quo Primum tempore (en castellano: desde el primer momento) es el nombre de una Constitución Apostólica en forma de un bula papal emitida por San Pío V el 14 de julio de 1570. Se promulgó con la edición de 1570 del Misal Romano, y su uso obligatorio en todo el Rito Latino de la Iglesia Católica, excepto cuando existía una costumbre diferente en una Misa particular de al menos doscientos años de antigüedad celebrada ininterrumpidamente.[1]
Contenido
Características
El objetivo de la bula era reforzar los cánones y decretos del Concilio de Trento, que suprimió de la Misa, oraciones que se han añadido a través de los años, aunque bien intencionadas, sin embargo, atribuye intenciones locales. Así uniformizando el rito en todo occidente.
Es un documento papal muy importante por tratar el tema de la liturgia romana, principio, vida y fundamento de la Iglesia católica romana. Y que declara con mucho detalle que posición hubiere de haber tomado la Iglesia católica tras aventurarse a la reforma de la liturgía tras el Concilio Vaticano II.
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La razón expuesta para esta medida fue:
"a que es sumamente conveniente que no haya en la Iglesia de DIOS más que [...] un solo rito para la Misa"Sin embargo, se hizo la excepción mencionada, que permite la supervivencia, en zonas limitadas o en las celebraciones por los miembros de determinadas órdenes religiosas, en la Iglesia Latina que no sea el rito romano:
- rito ambrosiano
- rito mozárabe
- rito bracarense
- rito carmelita
- rito cartujo
- rito dominicano
Estos fueron los que se aprovecharon de la exención a la que había derecho. Algunas de las diócesis y órdenes religiosas decidieron adoptar el rito romano.
Así pues, aunque en la bula figuran expresiones tales como:
"para que todos acojan por todas partes y observen lo que les ha sido transmitido por la Santa Iglesia Romana, Madre y Maestra de todas las otras Iglesias y para que en adelante y para el tiempo futuro perpetuamente, en todas las iglesias, patriarcales, catedrales, colegiatas, y parroquiales, de todas las provincias de la cristiandad, seculares o de no importa qué Ordenes Monásticas, tanto de hombres como de mujeres, aún Ordenes Militares regulares y en las iglesias y capillas sin cargo de almas, en las cuales la celebración de la Misa conventual en voz alta con el coro, o en voz baja siguiendo el rito de la Iglesia Romana es costumbre u obligación, no se canten o no se reciten otras fórmulas que aquellas conformes al Misal que Nos hemos publicadoSan Pío V declaró en la bula:
"Nos hemos decidido y declaramos que […] no pueden ser obligados a celebrar la Misa de otra manera diferente a como Nos la hemos fijado y que jamás nadie, quienquiera que sea podrá contradecirles o forzarles a cambiar de misal o anular la presente instrucción o a modificarla, sino que ella estará siempre en vigor y válida con toda fuerza, no obstante las decisiones anteriores y […], ni tampoco el uso de las iglesias antes mencionadas, confirmadas por una regla muy antigua e inmemorial, ni las decisiones ni las costumbres contrarias cualesquiera que sean."Y concluyó la misma:
"absolutamente a ninguno de los hombres le sea lícito quebrantar ni ir, por temeraria audacia, contra esta página de Nuestro permiso, estatuto, orden, mandato, precepto, concesión, indulto, declaración, voluntad, decreto y prohibición. Mas si alguien de atreviere a atacar esto, sabrá que ha incurrido en la indignación de Dios omnipotente y de los bienaventurados Apóstoles Pedro y Pablo."Por ello, prohibió las alteraciones por otras autoridades, eclesiásticas o civiles, o por particulares. En 1585, Sixto V restableció la fiesta de la Presentación de la Virgen María, qu San Pío V había retirado. Sólo 34 años después de la publicación deQuo primum, Clemente VIII hizo una revisión general del Misal Romano, al igual que Urbano VIII 30 años después.
Más concretamente, el objetivo de Quo Primum era reforzar los cánones y los decretos del Concilio de Trento, que suprimió de la Misal, las oraciónes que se había añadido a través de los años, aunque bien intencionadas, sin embargo, atribuyen intenciones locales. A pesar de haber sido conocidas por ser una especie de concilliarista antes de ascender al papado, una vez allí, reconoció la necesidad de unificar el "rebaño", que ha sido dispersado por la pseudo-Reforma de Lutero.
Tras la reforma de Pablo VI
Tras la reforma de la rito romano por Pablo VI, por la constitución apostólica Missale Romanum se fuerza a una virtual desaparición del misal editado con esta bula, pero donde no se hace ninguna mención explicita. Es este argumento, la omisión de la derogación y lo que declara esta bula los pilares básicos que se alega para rechazar la reforma tan profunda del misal que se hizo y además para de ser la defensa de los católicos tradicionalistas que no querían o no aceptaban el Novus Ordo Missæ. Tras las fuertes imposiciones desde la Santa Sede a cambiar de misal, fue esta bula su principal argumento, respaldaba el ignorar el cambio por parte de los fieles, sacerdotes u obispos que se resistían. La codificación que hizo San Pío V no podría ser jamás abrogada como demostró años después un estudio que encargó Juan Pablo II sobre la forma tradicional del rito romano. En 1986 los cardenales Ratzinger, Mayer, Oddi, Stickler, Casaroli, Gantin, Palazzini, Tomko e Innocenti en la comisión dictaminaron esa posición.
notas
- ↑ a menos que después de que se hubiere establecido la costumbre, esta última o la institución misma hayan sido observadas sin interrupción en estas mismas iglesias por la celebración de Misas durante más de doscientos años. En este caso Nos no suprimimos a ninguna de estas iglesias su institución o costumbre de celebrar la Misa; San Pío V Bula Quod Primum tempore
Véase también
Enlaces externos
- Wikisource en latín contiene obras originales de o sobre Quo Primum. (original latino)
- Wikisource contiene obras originales de o sobre Quo Primum tempore.
Categorías: Misa católica | Bulas
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