Terremoto de San Juan 1944

Terremoto de San Juan 1944

Terremoto de San Juan 1944

Vista a la Casa de Gobierno de la provincia de San Juan completamente destruida, esta era el postal que mostraba toda la ciudad

El terremoto de San Juan de 1944, en el Gran San Juan, provincia de San Juan, Argentina; puede entenderse como un Estudio caso control sobre la Urbanística, la Planificación, el Control estratégico, y la Prevención de catástrofes, inexistentes hasta 1944, y las consecuencias sobre el Sistema de Prevención de Catástrofes Naturales, SIFEM, en Argentina.

Contenido

Glosario

  • Epicentro: punto de la superficie terrestre donde tiene más efectos el terremoto.
  • Magnitud:
    • Escala sismológica de Richter: se utiliza para medir la magnitud de los terremotos cuya graduación va de 1,7 a 9.
    • Escala de Mercalli Modificada: escala que mide la intensidad del terremoto, su graduación va de 1 a 12.

Sismo: sacudida brusca de la superficie terrestre debido a la subducción de las placas o a las fallas geológicas. Infraestructura: los servicios esenciales para el desarrollo de una economía: comunicaciones (carreteras, ferrocarriles, puertos, aeropuertos), abastecimiento de agua, saneamiento, suministro energético, etc. Desarrollo Urbano: llevar a cabo un plan de reconstrucción Policía de la Construcción: se refiere a una de las funciones del Consejo de Reconstrucción (control de cada uno de los planos presentados) Sistema Crediticio: sistema por el cual se otorgan créditos a sujetos para el acceso a la vivienda.

El terremoto de 1944

Las calles

Se produjo el 15 de enero de 1944 a las 20.52, con epicentro ubicado a 20 km al norte de la Ciudad de San Juan, en las proximidades de La Laja, departamento Albardón. Se estimó su magnitud de ondas superficiales Ms=7,4 y Magnitud momento Mw=7,0 y su intensidad máxima de 9 en la escala de Mercalli modificada.

El terremoto destruyó la Ciudad de San Juan. Si bien las primeras estimaciones hablaban de la pérdida de 10.000 habitantes, estudios posteriores (Healey, 2002, Mendoza, 2004, Alvarado y Beck, 2006) indicaron que el número de muertos en este terremoto pudo haber llegado a 5.000. Puede afirmarse que los efectos desastrosos del sismo se debieron no sólo a la violencia del movimiento, sino a la pésima calidad de la edificación, por la ausencia absoluta de legislación o de buenas prácticas de construcción. La ciudad tenía antecedentes de movimientos sísmicos en localidades de la Región de Cuyo, antes y después de 1900.

Dejó un saldo de miles de niños huérfanos, que en muchos casos fueron inscriptos por familias de distintas partes del país como hijos propios -en ese entonces no existía la Ley de Adopción- y nunca se hicieron registros de ello. Aun hoy, en 2009, hay personas en busca de su familia biológica. Algunos lo lograron siendo una conmovedora historia relatada en "El terremoto de San Juan en 1944 y sus huérfanos", Editorial Dunken, autor Domingo Mauricio Acuña, sobreviviente de ese terremoto.

Obras de reconstrucción

El hospital de emergencia

El estudio de la misma, y su Consejo de Reconstrucción. El Consejo de Reconstrucción fue creado para planificar y reconstruir la ciudad destruida. Se creó un Plan Regulador Urbano, que ha permitido convertir a San Juan en una ciudad modelo en prácticas antisísmicas. A pesar de todo, no siempre fue respetado, dado los intereses políticos opuestos en determinadas circunstancias.

La obra del Consejo de Reconstrucción fue importantísima: creó el Código de Edificación, proyectó y construyó numerosos edificios de carácter público, administrativo, sanitario, municipal, escolar y obras urbanísticas, gran parte de las cuales están en funcionamiento. Pero ese Organismo provincial desapareció.

Período de reconstrucción 1944 a 1960

Las calles el día después

El terremoto de San Juan en 1944, destruyó miles de viviendas, edificios públicos, obras comunales, históricas y la economía de gran parte de la población, que representaban el patrimonio acumulado en varias generaciones, sin contar la pérdida de miles de humanos.

La situación creada a la provincia por el sismo se hizo grave por su economía de monocultivo. Había que enfrentar la obra de reconstruir los centros de actividad de la ciudad y la vivienda para gran parte de su población, cuando en su mayoría ésta carecía de los recursos para resolver por sí misma su problema habitacional.

Argentina pudo, a partir de 1944, poner en marcha casi toda una ciudad de más de 80.000 hab. Las principales actuaciones en materia de vivienda fueron las del Consejo de Reconstrucción de San Juan, el Banco Hipotecario Nacional y el Instituto Provincial de la Vivienda.

La emergencia posdesastre

La Nación acudió en ayuda de la provincia de Sarmiento y el Poder Ejecutivo Nacional creó el Consejo de Reconstrucción de San Juan, dependiente del Ministerio del Interior, éste emprendió acciones para atender la emergencia, entre las que comprendió la construcción de barrios de carácter precario, así surgieron 25 barrios en zonas suburbanas con serios problemas de infraestructura básica de servicios. En el Gran San Juan se construyeron 7794 viviendas, mientras que en los Departamentos fueron hechas 1930 más.

La ubicación de estos barrios, preferentemente en la periferia de la ciudad, promovió la posterior formación de Villa miserias y a la vez la extensión del hinterland, alineando otros asentamientos espontáneos indicando los primeros antecedentes de la posterior expansión de la ciudad, hacia el oeste y sur principalmente. Además tienden a ocupar las áreas intermedias entre campo y ciudad.

Acciones del Consejo de Reconstrucción, 1947

Nuevos edificios públicos

Aunque se había creado el Consejo de Reconstrucción, de buena labor durante muchos años en San Juan, pero hasta mediados de 1947, pocos particulares tomadores de préstamos habían edificado sus viviendas, no comenzaba la construcción masiva. Ante la falta de definiciones sobre el desarrollo urbano, técnicos del Consejo comenzaron a dar "líneas de edificación" en base a un "Plano de Ensanche", Ley 1122. Para formar un plantel técnico de la problemática urbana, el Consejo contrató con carácter de Asesor Urbanístico al Arq. José María Pastor, elaborando un nuevo plan, para el cual se tomaron los lineamientos generales de los planes presentados anteriormente. Se comenzó por resoluciones del Consejo que fueron aprobando modificaciones dentro del casco urbano. Las mismas permitieron fijar la ubicación de edificios públicos, el Plan ferroviario (no llevado a cabo) y la apertura de la Av. Central de un extremo a otro de la ciudad. Fue concibiéndose el Plan Regulador y de Zonificación y los aspectos legal por ley provincial y decreto nacional. Así San Juan tuvo su Plan Regulador y de Extensión. El Consejo convocó a participar a importantes profesionales del país para los Proyectos y/o Dirección de sus obras con el criterio de acelerar el proceso de la edificación y asegurar la diversidad de la concepciones arquitectónicas enmarcadas en las directivas del Plan.

Viviendas y edificios públicos, 1948

Luego de varios decretos nacionales para normalizar la ayuda a la reconstrucción de San Juan, la ley 12.865 acordó a la provincia un subsidio, incrementado en varias ocasiones posteriores. Entre 1948 a 1961, la entidad realiza el plan de viviendas de 1645 casas, en los alrededores de la ciudad. Desde esa fecha se comenzó también un plan de construcción de numerosos edificios públicos, escuelas y obras de urbanización.

El decreto 773/56 construyó 53 escuelas, 15 municipalidades departamentales, 20 comisarias, registros civiles, juzgados de paz, bloques de edificios de los ministerios provinciales y la dirección de escuelas, tribunales y otros organismos estatales, la cárcel modelo, el observatorio astronómico Félix Aguilar, el edificio de la Dirección de Turismo, la construcción de cinco grandes avenidas, ensanchamiento de calles, construcción de nuevas plazas, electrificación pública y otras realizaciones de no menor importancia ya totalmente finalizadas. Además de esas obras, el decreto 773/56 construyó la Casa de Gobierno, la Jefatura de Policía, la Cámara de Representantes y el Palacio de Tribunales

Plan Regulador y de Extensión, 1948

El Plan Regulador y de Extensión de 1948 fue elaborado por el arquitecto José María Pastor, asesor urbanístico del Consejo de Reconstrucción. Para llevarlo a cabo se firmó un convenio entre el gobierno de la provincia y el Consejo de Reconstrucción Nacional, por el cual este organismo tomó poderes de control de las edificaciones en todo el territorio del valle. Las municipalidades, incluida la da Capital, ceden esas funciones al Consejo, "mientras dure su funcionamiento". Vale decir que este Ente Nacional tuvo las atribuciones necesarias para "ejecutar el Plan Regulador y las Obras que él comprende en toda la zona afectada por el sismo".les

Subsidios

La obra de Reconstrucción fue importante por los subsidios a la construcción de viviendas. La obra de la Catedral Metropolitana, da la Biblioteca Franklin y otras de carácter cultural y religioso fueron posibles por el apoyo financiero del Consejo de Reconstrucción de San Juan.

Policía Técnica

Su labor de policía de la construcción fue una de las más importantes del Consejo de Reconstrucción: controló cada plano, los cálculos de hormigón y las distintas etapas de la construcción de cada proyecto presentado a sus oficinas técnicas para su aprobación.

Modelo Degradado, 1950

En agosto de 1950, con el nuevo convenio entre el Gobierno de la Provincia y el Consejo de Reconstrucción Nacional, para adaptar los recursos económicos de éste último sólo se considera el Plan de Obras. Se deja establecido que "en el trazado urbano de la ciudad de San Juan se respetará lo dispuesto por las Leyes Provinciales 1122, 1254 u 1305. El Consejo se desliga de la ejecución de obras viales y ferroviarias y de otros edificios públicos. Las rutas de acceso y circunvalación se dejan en manos de Vialidad de la Nación y del Gobierno Provincial. La reestructuración ferroviaria queda a cargo del Ministerio de Transporte. El cementerio municipal, que cuya remodelación había iniciado el Consejo, queda a cargo de la Provincia. El Programa de Obras del Consejo también se restringe y "se maneja con un concepto de obras y no como fondo de promoción urbanística". Por ello las posibilidades constructivas del Consejo se ven reducidas a una lista y su misión se transforma en la de un ente constructor, en lugar de continuar desempeñando el papel promotor que primeramente había adoptado.

Código de Edificación, 1951

El Código de Edificación para la construcción de la ciudad desde 1951 en adelante, elaborado por técnicos del Consejo, se basó en tres partes:

  • Prescripciones Administrativas
  • Prescripciones de Estabilidad
  • Prescripciones Edilicias Generales

Fin del Proceso de reconstrucción, 1961

El organismo tomó el nombre de Consejo de Construcciones Antisísmicas y Reconstrucción de San Juan (CONCAR). Dejó de tener funciones constructivas y se limitó a concluir obras anteriormente comenzadas, dándose por terminada la reconstrucción de San Juan.

En 1972/73 da origen a dos Instituciones: el INPRES y la DPDU.

Instituto de Prevención Sísmica, INPRES

[[1]] centraliza en San Juan las investigaciones aplicadas a todo el territorio nacional afectado al condicionante sísmico.

Dirección de Planeamiento y Desarrollo Urbano, DPDU

Dependiente de Obras Públicas de la Provincia, cuyas funciones son, la planificación urbana y la policía de la construcción. En 2005 es la Dirección de Ordenamiento Territorial y Gestión Ambiental.

La construcción de la obra pública queda en manos del Ministerio Provincial. La construcción masiva de viviendas se realiza a través de los diferentes planes que instrumenta el BHN y el IPV con recursos del Fondo Nacional de Viviendas (FONAVI).

Véase también

Enlaces externos

doi:10.1016/j.epsl.2006.01.015. Vol. 243, 615-631.


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