- Uso elemental
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Dentro de las definciones de carácter general hemos de tener en cuenta el concepto de uso elemental, entendico como cualquier tipo de utilización humana de un terreno, incluido el subsuelo y el vuelo que le correspondan, y en particular su urbanización y edificación, entendiendo por uso elemental aquel al que puede dedicarse un local individual, ligado a una actividad específica.[1]
Véase también: Normalización de los instrumentos de planeamiento urbanísticoContenido
Individualización
Actividades específicas
Bibliografía
- AA.VV., Derecho Urbanístico de Castilla y León, Junta de Castilla y León, Valladolid 2.000. ISBN 84-7846-950-8.
- AA.VV., Derecho Urbanístico de Castilla y León, El Consultor de los Ayuntamientos y de los Juzgados, Madrid, 2.000. ISBN 84-7052-249-9.
Notas
- ↑ > DECRETO 22/2004, DE 29 DE ENERO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE URBANISMO DE CASTILLA Y LEÓN
Enlaces externos
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