Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior

Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior
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Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior
Creación legal 30 de octubre de 1987
(Real Decreto 1339/1987)
Constitución 26 de enero de 1990
Tipo Órgano consultivo del Gobierno
Sede C/ José Abascal 39,
28003 Madrid
Presidente Francisco Ruiz Vázquez
Página web www.ciudadaniaexterior.mtin.es

El Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior es un órgano de carácter consultivo y asesor, adscrito al Ministerio de Trabajo e Inmigración de España, a través de la Secretaría de Estado de Inmigracioón y Emigración y su Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior.

Contenido

Atribuciones

Son atribuciones del Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior las siguientes:

  • Llevar a cabo o solicitar la realización de estudios sobre cuestiones y problemas que afecten a la ciudadanía española en el exterior.
  • Formular propuestas y recomendaciones en relación con los objetivos y aplicación de los principios inspiradores de la política de atención a la ciudadanía española en el exterior.
  • Ser informado de la actuación de los órganos de la Administración competentes en materia de atención a la ciudadanía española en el exterior y retornados.
  • Conocer e informar, con carácter previo, Anteproyectos de Ley y Proyectos de Reales Decretos y de Órdenes relativos a las siguientes materias, en el ámbito de su competencia: derechos civiles, derechos laborales y protección social, educativa y cultural, siempre que los mismos afecten directamente a los españoles en el exterior.
  • Aprobar el Reglamento de funcionamiento del propio Consejo.

Relaciones institucionales

El Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior solicita anualmente audiencia a las Comisiones competentes de las Cortes Generales para informar sobre la situación de la ciudadanía española en el exterior.

Colabora con los órganos de participación de españoles en el exterior existentes en las Comunidades Autónomas.

Las propuestas, recomendaciones, informes o acuerdos que el Consejo eleve al Gobierno son remitidos a través del Ministerio de Trabajo.

Composición

A la cabeza del Consejo se encuentra el presidente, propuesto libremente por el ministro de Trabajo, y ratificado por votación secreta del Pleno del Consejo.

Cuenta además con dos vicepresidentes:

  • Vicepresidente primero: el titular de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración
  • Vicepresidente segundo: el titular de la Secretaría General de Asuntos Consulares y Migratorios del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación

Es secretario del Consejo el titular de la Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior.

El resto del Consejo está compuesto por:

  • Un máximo de 43 consejeros electos por los Consejos de Residentes Españoles, hasta un máximo de 43, con la distribución que determina el Ministerio de Trabajo e Inmigración, de forma proporcional al número de españoles inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) de cada país, según los últimos datos publicados en Internet por la Oficina del Censo Electoral. Además de los consejeros titulares, se eligen en cada uno de los países un número igual de consejeros suplentes.
  • 8 consejeros designados (o un número de ellos que no supere el 20% del total de consejeros electos), de los cuales al menos 2 corresponden a federaciones de asociaciones de jóvenes y/o de mujeres. Todos ellos lo son a propuesta de las federaciones de asociaciones de españoles del exterior que acrediten su representatividad, y en función de criterios establecidos.
  • 8 consejeros sindicales y patronales, en representación de las principales organizaciones de trabajadores y de empresarios.
  • Consejeros regionales en representación de cada una de las comunidades autónomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla que lo deseen.
  • Consejeros de la Administración (directores generales) en representación de cada uno de los ministerios siguientes: Justicia, Economía y Hacienda, Interior, Educación, Sanidad, Política Social e Igualdad, Ciencia e Innovación

Mandato

El mandato de los consejeros es de 4 años a contar desde la fecha de celebración de la primera sesión plenaria del Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior tras su elección.

Denominaciones del Consejo

A lo largo de la Historia este órgano ha recibido las denominaciones de:

  • Consejo General de la Emigración, CGE (1987 - 2006)
  • Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior, CGCEE (2006 - actualidad)

Lista de presidentes

Mandato Inicio Final Nombre Partido
I 1990 1994 Seguismundo Crespo
(1990-1992)
Pedro López Lagares
(1992-1994)
PSOE

PSOE
II 1994 1998 José Luis Rodríguez Pardo PSOE
III 1998 2002 José Manuel Castelao Bragaña PP
IV 2003 2007 José Manuel Castelao Bragaña
(2003-2005)
Francisco Ruiz Vázquez
(2005-2007)
PP

PSOE
V 2007 Actualidad Francisco Ruiz Vázquez PSOE

Enlaces externos

Referencias

  • El contenido de este artículo incorpora material publicado en el Boletín Oficial del Estado, que se encuentra en el dominio público de conformidad a lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley de Propiedad Intelectual española.

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