- Municipalidades del Perú
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Asociación de Municipalidades Información Acrónimo AMPE Tipo organismo coordinador Fundación 2006 Ámbito Local Presidente César Acuña Peralta (Alcalde de Trujillo) Entidad superior Sesión Plenaria En la política del Perú, las Municipalidades son las instituciones públicas encargadas de la prestación gestión de las provincias y sus distritos y centros poblados del país, así como de la prestación de servicios de ámbito local en sus respectivas jurisdicciones. Se constituyen como personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
De acuerdo con el ordenamiento jurídico peruano, corresponden al gobierno a nivel local.
Clasificación
Según la Ley Orgánica de Municipalidades, éstas se clasifican en Municipalidades provinciales y Municipalidades distritales. Las provinciales tienen además funciones de distritales dentro del cercado, es decir, del distrito capital, el cual carece de municipalidad distrital.
El citado documento señala además dos tipos especiales de municipalidades:
- La Municipalidad Metropolitana de Lima; y
- Las Municipalidades Fronterizas, es decir, aquellas cuyos territorios que limitan con los de los Estados limítrofes.
Como adenda, aquellas municipalidades rurales (es decir, cuyo cercado tenga una población urbana menor al 50% del total) reciben apoyos diferenciados.
Estructura
El Consejo, compuesto por el alcalde y los regidores, es el ente normativo y fiscalizador. La Alcaldía, en cambio, es el organismo ejecutor. Los órganos de coordinación:
- El consejo de coordinación local (provincial o distrital)
- Las Juntas de Delegados Vecinales
Estructura orgánica administrativa está compuesta por: la gerencia municipal, el órgano de auditoría interna, la procuradoría pública municipal, la oficina de asesoría jurídica y la oficina de planeamiento y presupuesto.
Elección de autoridades
La elección de los alcaldes y regidores se realiza por sufragio universal para un periodo de cuatro años, desde el año 1998, anteriormente desde el año 1980 se elegía por un período de tres años. El número de regidores es definido por el Jurado Nacional de Elecciones de acuerdo a la Ley de Elecciones Municipalidades.
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