- Calificación de viviendas protegidas
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Calificación de viviendas protegidas
La calificación de una vivienda como de protección oficial supone la confirmación de los beneficios fiscales y financieros y el sometimiento, no solo del promotor , sino también de los sucesivos titulares o usuarios de las viviendas, a las normas de uso, conservación, aprovechamiento y dominio específicas de esta categoría de viviendas.
Contenido
Ayudas
Ayuda estatal directa a la entrada (AEDE)[1]
Destinada a facilitar el pago de aquella parte del precio de la vivienda que no es financiada mediante el préstamo convenido. Tendrá derecho a obtener la AEDE el beneficiario que accede por primera vez a la propiedad de una vivienda, que puede ser protegida de régimen general o especial y también de una vivienda usada.[2]
Consiste en el abono, en pago único, de una cantidad fija en euros determinada por el nivel de ingresos y otras circunstancias personales y familiares del solicitante, destinada a facilitar el pago de la entrada o parte no cubierta por el préstamo convenido, correspondiente al precio de venta o adjudicación de la vivienda, o de la suma de los valores de la edificación y del suelo, en caso del promotor para uso propio.
La cuantía de la ayuda dependerá de los ingresos familiares y de otras circunstancias personales y familiares, así como de la eventual ubicación de la vivienda en un ámbito territorial de precio máximo superior (ATPMS). La cuantía puede oscilar de 5.000 a 12.000 euros, aparte de la ayuda por ATPMS: que oscila de 1.200 para el Grupo A , 600 para el B y 300 euros para el C.
La cédula de calificación definitiva
En este documento consta el tipo de vivienda ,según su superficie y número de viviendas de cada tipo; situación de las mismas en el edificio y en planta; módulo aplicable, superficie útil de cada vivienda; precio máximo de venta, tanto unitario como global. El documento contiene los siguientes extremos:
- Programa y denominación del expediente de construcción.
- Datos del promotor.
- Emplazamiento, que puede ser una cooperativa de vivienda .
- Número de viviendas.
- Datos registrales .
- Fechas de calificación provisional y de terminación de las obras.
- Plazo de protección.
- Plazo para interposición de recurso y órgano ante el que debe imponerse.
- Preciso de venta y de renta.
Vivienda joven
La vivienda joven también queda sujeta a esta tramitación.
Descalificación
Para su conversión en vivienda libre procede descalificar, siendo competente la Comunidad Autónoma donde está calificada para iniciar y resolver este procedimiento. [3] En este caso el beneficiario deberá , una vez admitida y motivada la aceptación de la descalificación, devolver las ayudas públicas recibidas de la Administración General del Estado, la Comunidad Autónoma y el Ayuntamiento.
Normativa legal en España
- Real Decreto 2114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación de la Ley sobre viviendas de protección oficial BOE 07-09-68.
- Real Decreto 3148/1978, de 10 de noviembre, por el que se desarrolla el Real Decreto 31/1978, de 31 de octubre, sobre política de vivienda BOE 16-01-79.
- Real Decreto 727/1993, de 14 de mayo, sobre precio de las viviendas de protección oficial de promoción privada BOE 01-06-93.
- La normativa específica del Plan de Vivienda en el que se ampara cada vivienda [4].
Enlaces externos
Notas
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