Vía pecuaria

Vía pecuaria
Principales vías pecuarias.

Las vías pecuarias son caminos de trashumancia que unen los lugares tradicionales de pastoreo de España para que los pastores y ganaderos puedan llevar el ganado caprino, ovino y bovino a los mejores pastos aprovechando la bonanza del clima: a los puertos o zonas de pastos de alta montaña en verano o a zonas más llanas y de clima más templado en inviernos extremos. Las vías pecuarias se diferencian entre sí y adquieren su nombre según su anchura.

Además, las vías pecuarias son grandes fuentes biológicas puesto que en ellas crecen diversos tipos de vegetación y son el hábitat de diferentes especies animales. Por otro lado, son canales de comunicación, rutas llanas y rectas que se enclavan entre los montes facilitando el paso entre poblaciones ya que son los caminos más cortos y fáciles de transitar.

Las vías pecuarias suponen 125.000 kilómetros de rutas para el ganado trashumante en España, el 1% de su territorio, unas 450.000 hectáreas. Jurídicamente, en España, las vías pecuarias son bienes de dominio publico cuya titularidad ejercen las Comunidades Autónomas siendo esta protección jurídica la que las hace únicas en Europa.

Su régimen jurídico está regulado en la actualidad por la Ley 3/95 de vías pecuarias, que define las vias pecuarias como rutas o itinerarios por donde discurre o ha venido discurriendo tradicionalmente el tránsito ganadero. El tránsito ganadero asociado a las vias pecuarias puede ser:

  • Estante o local, utilizado por las cabañas comunales que no salen del municipio.
  • Trastermitante, los rebaños traspasan -transterminan-el término jurisdiccional de sus municipios y pasan a utilizar dehesas de pueblos vecinos.Normalmente son recorridos inferiores a 100Km.
  • Trashumante, el de los grandes desplazamientos semianuales, donde las cabañas en invierno, debido al frío y la nieve que reduce la superficie de los pastos en el norte, se dirigen a los invernaderos del Sur de Castilla, Andalucía, Extremadura, Valle del Ebro y Levante. En verano, retoman el camino, volviendo a las montañas del norte de España (agostaderos).

En el artículo 3.1.d de la Ley 3/1995 sobre la actuación de las Comunidades Autónomas se encuentra uno de los fines marcados por dicha ley: Asegurar la adecuada conservación de las vías pecuarias, así como de otros elementos ambientales o culturalmente valiosos, directamente vinculados a ellas, mediante la adopción de las medidas de protección y restauración necesarias.

Sin embargo, en numerosas ocasiones no se respeta el ámbito legal y las vías pecuarias se convierten en caminos asfaltados o urbanizados. Entre las consecuencias ambientales que se dan al urbanizar una vía pecuaria se encuentran el aumento de incendios intencionados, la pérdida de vegetación y de biodiversidad, la aparición de vertederos improvisados, la contaminación del subsuelo con aguas domésticas y la pérdida de un patrimonio público que pasa de forma ilegal a unas pocas personas.

Este es el caso que presentaba en el año 2005 la asociación El Taller Verde de Marchena, en Sevilla. En su boletín informativo JARDA daban a conocer el problema de la Cañada Real de Pruna, ejemplo de ocupación y contaminación de una vía pecuaria calificado por ellos como un "atentado al medioambiente".

Otro ejemplo de irrespetuosidad con el medio ambiente es el que denunciaba en el 2003 Izquierda Unida junto con Ecologistas en Acción al haberse asfaltado varios kilómetros de una vía pecuaria en el municipio toledano de Illescas.


Contenido

Tipos de vías pecuarias

Cañada Real Burgalesa, a su paso por Valdecañas de Cerrato, con las ruinas al fondo de Valdecañuelas.

Cañadas, cordeles, veredas, descansaderos y contaderos forman parte del intrincado sistema que forma las vías pecuarias.

Dependiendo del lugar donde se encuentren, las cañadas reales tienen denominaciones diferentes. Por ejemplo, en Andalucía se les conoce como veredas de carne; en Aragón son cabañeras; en Cataluña, carreradas y en Castilla, reciben el nombre de cordones, cuerdas, galianas o cabañíles, dependiendo de su tamaño.

En España, la red de cañadas reales tienen una longitud de 125.000 kilómetros de largo (comparativamente, el ferrocarril tiene 15.000) y ocupan 425.000 hectáreas. En el conjunto de Europa más de 4 millones de hectáreas de pastizales y terrenos agrícolas están asociados a la trashumancia.

Fines de las Vías Pecuarias

Las vías pecuarias en la actualidad sirven no solo al tránsito de ganado sino también a otros fines dignos de protección.

  • AGROPECUARIOS

- Tránsito del ganado. (Han de estar libres y expeditas) - Comunicaciones agrarias.

  • MEDIOAMBIENTALES

- Fomentar la biodiversidad. - Intercambio genético de las especies faunísticas y florísticas. - Movilidad territorial de la vida salvaje. - Mejora y diversificación del paisaje rural.

  • PÚBLICOS

- Uso público. - Actividades compatibles.(esparcimiento ciudadano,senderismo,cicloturismo,cabalgadas ect.)

Cañadas reales

Artículo principal: Cañada Real

De las 9 cañadas reales más importantes, la denominada soriana oriental es la más larga. Nace al norte de la Soria, en Yanguas, atraviesa la provincia de Ciudad Real, y finaliza en tierras de Sevilla después de recorrer unos 800 km.

Dimensiones de las vías pecuarias

Desde el punto de vista legal la anchura, trazado, existencia y nombre de una vía pecuaria se efectúa en el acto administrativo de clasificación. Los márgenes que limitan las vías pecuarias son legalmente establecidos en el procedimiento administrativo de deslinde, y su materialización en el terreno, mediante hitos de naturaleza permanente (mojón), se realiza en el acto administrativo de amojonamiento.

Anchura legal

El Código civil y la Ley 3/1995 definen la denominación y anchura máxima que puede tener una vía pecuaria. En algunos tramos puede tener anchos mayores como consecuencia de la existencia de otras superficies pecuarias adjuntas (por ejemplo descansaderos, abrevaderos), en otros casos puede tener anchos menores como consecuencia de su vida administrativa.

  • Cañada: Aquella via cuya anchura no exceda de los 75 metros.
  • Cordel: Cuando su anchura no sobrepase los 37,50 metros.
  • Vereda: Las vias cuya anchura no sea superior a los 20 metros.
  • Colada: Su anchura se determina en el acto de la clasificación.

Estas son las anchuras legales en la actualidad, si bien hasta la Ley 22/1974 sus anchuras eran algo mayores al venir referida su equivalencia con las varas castellanas (75.22,37.71 y 20.89 metros respectivamente). En el siglo XVIII la Vereda Mayor del Valle de Alcudia (Cañada Real Soriana Oriental) llegó a tener una anchura que oscilaba entre los 300 y 800 m en su entrada al valle.

La denominción tradicional de "Cañada Real" a la actual Cañada proviene de tiempos de Alfonso XI quien,por la importancia que tenían las vía pecuarias en aquel tiempo para el negocio de la lana,puso las mismas bajo la protección real,proceso este que siguió con Enrrique IV quien en una Real Carta coloca las principales vías pecuarias bajo su dominio directo.

Elementos adicionales

Además de las vías pecuarias propiamente dichas, existían unos elementos adicionales que completaban y asistían a esta red de caminos ganaderos:

  • Descansaderos. Ensanchamiento de la vía pecuaria en donde los rebaños podían descansar o pasar la noche.
  • Abrevaderos. Podían ser pozos con pilones o bien se hacían coincidir con el paso de arroyos, ríos o lagunas.
  • Majadas. Lugar en donde los rebaños pasaban la noche.
Vías pecuarias en La Rioja.
  • Mojones o hitos. Señalización del itinerario de las vías pecuarias.
  • Puertos reales. Lugares en los que se cobraban los impuestos a la corona.
  • Contaderos. Pasos estrechos en los que poder contar fácilmente las cabezas de ganado. Podían ser puentes o estrechamientos del camino.
  • Puentes. Algunos de ellos servían de contaderos.
  • Chozos. Viviendas de los pastores trashumantes durante su estancia en los “extremos”.
  • Casas de esquileo.
  • Lavaderos de lana.
  • Sociedades ganaderas.
  • Ermitas mesteñas.
  • Ventas de trashumancia.
  • Carteles indicadores de vía pecuaria.

Cañadas reales extremeñas

Las vías pecuarias en la Comunidad de Madrid

La Ley 8/1998, de 15 de junio de vías pecuarias de la Comunidad de Madrid (B.O.C.M. de 23 de junio de 1998), define los instrumentos reglamentarios y de planificación que permiten una gestión racional de este legado histórico.

Las Cañadas reales que discurren por la Comunidad de Madrid son:

Véase también

Referencias

Mangas, J.M. (1992). Cuaderno de la Trashumancia –Nº 0,-22 Vías Pecuarias. Madrid: Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. 

Alenza, J.F. (2001). Vías pecuarias. Madrid: Editorial Civitas ediciones y Gobierno de Navarra. 


Enlaces externos


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