- Dirección del Trabajo de Chile
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Dirección del Trabajo de Chile
La Dirección del Trabajo es un servicio público descentralizado, autónomo, que es supervigilado por el Presidente de la República, relacionándose a través del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
La Dirección del Trabajo tiene por misión contribuir a modernizar y hacer más equitativas las relaciones laborales, velando por el cumplimiento normativo, promoviendo la capacidad de autorregulación de las partes, sobre la base de la autonomía colectiva y el desarrollo de relaciones de equilibrio entre los actores del mundo del trabajo.
Fue creada legalmente el 29 de septiembre de 1924 mediante la ley Nº 4.053, transformando la antigua Oficina del Trabajo, que databa desde 1907, con el objeto de velar por la aplicación de la legislación vigente, consistente en ese entonces en la leyes de contrato de trabajo, de accidentes del trabajo, de descanso dominical, de salas cuna; de seguro obrero y de empleados particulares; de conciliación y arbitraje; de organizaciones sindicales y de cooperativas.
En la actualidad, las principales tareas o funciones que cumple la Dirección del Trabajo fueron fijadas por el D.F.L. Nº2 de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y otras leyes posteriores, consiste en
Fiscalizar el cumplimiento de las normas laborales, previsionales y de higiene y seguridad en el trabajo. Fijar el sentido y alcance de las leyes del trabajo, mediante dictámenes. Dar a conocer a trabajadores y empleadores los principios de la legislación laboral vigente. Efectuar acciones tendientes a prevenir y resolver los conflictos del trabajo, generando un sistema que privilegie la cooperación y los acuerdos entre trabajadores y empleadores. Proporcionar asistencia técnica a los actores del mundo laboral, para favorecer y promocionar relaciones laborales armónicas y equilibradas. Contar con un sistema de mediación para la solución de conflictos colectivos del trabajo y con un sistema de conciliación individual.
Las Inspecciones del Trabajo cuentan con profesionales altamente especializados para:
Fiscalizar en terreno el cumplimiento de las leyes del trabajo. Actuar como ministros de fe en los actos propios de las organizaciones sindicales y en el proceso de negociación colectiva. Intervenir en los procesos de Conciliación Individual (comparendos), cuando ha concluido la relación laboral y se ha presentado un reclamo. Actuar como Mediadores en los conflictos colectivos entre los actores del mundo laboral. Realizar capacitación tanto a trabajadores como a empleadores, y hacer difusión de la normativa laboral.
Tanto trabajadores como empleadores pueden realizar diversos trámites en las inspecciones más cercanas su lugar de trabajo. Entre ellos se encuentran:
Consultas laborales. Solicitudes de fiscalización (denuncias). Reclamos por despido. Solicitudes de certificados de contratistas. Consultas sobre constitución de sindicatos. Actividades de Ministro de Fe (ratificación de finiquitos, renuncias voluntarias, declaraciones juradas, constancias, etc.)
Información extractada de www.direcciondeltrabajo.cl
Categoría: Servicios públicos de Chile
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