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Empresa familiar
Una empresa familiar es aquélla empresa en la que el capital y, en su caso, la gestión y/o el gobierno están en manos de una o más familias, que tienen la capacidad de ejercer sobre ella una influencia suficiente para controlarla, y cuya visión estratégica incluye el propósito de darle continuidad en manos de la siguiente generación familiar.
Carece de trascendencia, por consiguiente, el tamaño de la empresa, que puede ser tanto una pyme como una gran corporación, así como la forma de la misma, que abarca tanto a las empresas individuales como a las organizadas como sociedad.
Lo realmente decisivo a la hora de calificar una empresa como familiar son dos cosas: una, la capacidad de control –político- que sobre la misma puedan ejercer una o varias familias (empresa unifamiliar o multifamiliar, según el caso); dos, el deseo de los propietarios de que la empresa continúe en manos de la propia familia mediante la incorporación de la siguiente generación familiar a la propiedad y, en su caso, a la gestión y/o al gobierno de la misma. Incorporación, que cuando se planifica adecuadamente, se lleva a cabo mediante la implantación de un protocolo familiar.
Por tanto, la gestión de la empresa pueden estar en manos de terceros sin que por ello la empresa pierda el carácter familiar.
Por otra parte, la Asamblea General GEEF, celebrada el pasado día 27 de marzo de 2008, ha consensuado el siguiente concepto de empresa familiar: "Una compañía, tenga el tamaño que tenga, es empresa familiar si: 1. La mayoría de los votos son propiedad de la persona o personas de la familia que fundó o fundaron la compañía, o son propiedad de la persona que tiene o ha adquirido el capital social de la empresa; o son propiedad de sus esposas, padres, hijo (s) o herederos directos del hijo(s). 2. La mayoría de los votos puede ser directa o indirecta. 3. Al menos un representante de la familia o pariente participa en la gestión o gobierno de la compañía. 4. A las compañías cotizadas se les aplica la definición de empresa familiar si la persona que fundó o adquirió la compañía (su capital social), o sus familiares o descendientes poseen el 25% de los derechos de voto a los que da derecho el capital social.*
- Nota aclaratoria:
Una característica típica de las compañías cotizadas es la fragmentación de su propiedad. El mayor accionista (o bloque de accionistas)en muchas ocasiones tiene menos del 50% de los derechos de voto. En dichas compañías un accionista (o bloque de accionistas) puede ejercer influencia decisiva sobre aspectos fundamentales de gobierno corporativo sin tener la mayoría de los votos. El punto cuarto de la definición se refiere a empresas en las que la familia no cuenta con la mayoría de los votos pero que, a través de su participación accionarial, puede ejercer influencia decisiva."
Referencias
- SÁNCHEZ-CRESPO, ANTONIO J. (2004). «LA EMPRESA FAMILIAR HOY», EMPRESA FAMILIAR: GUÍA BÁSICA PARA EMPRESARIOS Y DIRECTIVOS. MADRID: CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO E INDUSTRIA DE MADRID. ISBN 84-96234-26-6.
- LEACH, PETER (1999). LA EMPRESA FAMILIAR. EDICIONES GRANICA, S.A, pp. 311. ISBN 84-7577-475-X.
- WARD, JOHN L. (1994). LA EMPRESA FAMILIAR, pp. 216. ISBN 950-02-3626-5.
- (1999) LA EMPRESA FAMILIAR. DEUSTO, pp. 315. ISBN 84-234-1619-4.
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